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Fiscalía apela fianza de excarcelación de Javier Cachafeiro
- 20/08/2015 02:00
La fiscal Janeth Rovetto apeló la fianza de excarcelación de $50 mil que concedió el juez Leslie Alberto Loaiza, del Juzgado Décimo Quinto del Circuito de lo Penal, a Javier Oscar Cachafeiro.
A Cachafeiro se le vincula a la trama de blanqueo de capitales que el exdirector del Programa de Ayuda Nacional Rafael Guardia Jaén gestó por las coimas en los contratos ejecutados en esta institución.
El pasado 15 de agosto, el juez Leslie Loaiza ordenó la libertad de Cachafeiro aunque con impedimento de salida del país. Sustentó su decisión en tres puntos. En uno de ellos invocó el artículo 241 del Código Procesal Penal, que resume que toda persona imputada tiene ‘derecho a prestar fianza de cárcel segura o para obtener su libertad durante el proceso'.
Sin embargo, la Fiscalía refutó el análisis de fondo efectuado por el juzgador en el sentido de que el delito contra el orden económico es un delito grave, así reconocido mundialmente cuyas connotaciones tienen trascendencia internacional y que guarda relación con el crimen organizado y redes de corrupción. Una actividad compleja que requiere de contactos nacionales e internacionales. En este sentido, el perfil económico, describe la Fiscalía, es el que da acceso al autor a la participación del hecho punible, oportunidad que se deriva de los lazos sociales del autor del delito.
La fiscal no coincide con el juez en la peligrosidad que representa una posible alteración de las pruebas. El juez desestimó que Cachafeiro pueda alterar documentación o pruebas porque éstas se encuentran en poder de las autoridades. No obstante, la Fiscalía argumentó que las sociedades Kaula y Musashi Investments, vinculadas a Cachafeiro, eran receptoras de fondos procedentes de actividades ilícitas de Rafael Guardia padre, por tanto, resulta inverosímil aseverar, —como lo dicta el juez— que con la tecnología actual, ‘la posibilidad de destrucción de pruebas se limite a la destrucción física de documentos'.
Incluso fortalece la idea de que Cachafeiro, si bien alega haber sido sorprendido en su buena fe por la amistad de años que mantenía con Rafael Guardia hijo, afirma que firmó varios cheques a título personal de una de las cuentas, y da a entender que el joven de 29 años cuenta con suficientes facultades intelectuales como para valorar sus acciones.
En este caso, robustece la Fiscalía, el delito de blanqueo no se aprecia por la cantidad de dinero o propiedades que posea una persona, sino por el hecho de negociar, transferir, convertir dineros u otros recursos financieros.
La Fiscalía refuta al juez en el sentido de que el imputado acudió por voluntad propia a declarar, más bien, aclara, el despacho dispuso indagatoria y posterior conducción del imputado, quien acudió a las autoridades cuando se vio comprometido en la averiguación. Agrega que el imputado concurrió al despacho después de siete meses de haber iniciado las investigaciones contra Guardia Jaén.
No coincide con la forma en que califica el juez a Cachafeiro, como una persona de ‘familia y amigos'.
¿LA BUENA FE DEL AMIGO?
En el fallo se expone la postura de la defensa de Cachafeiro, quien manifestó desconocer el origen de los dineros que se manejaron en las cuentas vinculadas al exdirector del PAN Rafael Guardia. Se detalla que figuraba como firmante en las sociedades Kalua y Musashi Investment, vinculadas a Rafael Guardia, por petición del hijo del mismo nombre, con quien mantenía una amistad, y le justificó la necesidad de abrir cuentas con la excusa de que los fondos provenían de una indemnización de una flota de buses. Guillermina McDonald, apoderada de Cachafeiro, reconoció que su defendido abrió cuentas en los bancos BCT y Banco Ficohsa. No obstante, dijo que desconocía el manejo y las transacciones que su amigo Rafael le daba a las cuentas. Que él sólo le firmaba algunos documentos, muchas veces en blanco, pero que no recibió beneficio procedente de estas sociedades o de Rafael Guardia hijo y padre.
Argumenta el juez que el delito contra el orden económico no es de los primeros en ser jurídicamente protegido. Que si bien la sanción es de cinco años de prisión, primero hay que acreditar el hecho punible, y demostrar que hubo dolo.
Por lo anterior, el juez insiste en su fallo en que ‘si es por delito o la pena el motivo de detener a una persona no lo comparte por este tipo penal en atención al bien jurídico protegido'.
El en fondo del caso, el juez estima que si bien existen elementos que vinculan al imputado con el hecho, aún faltan diligencias relevantes que permitan acreditar el ‘dolo'. Por ejemplo, el resultado de una prueba pericial caligráfica de la que fue objeto el sindicado, ya que no reconoce como propias unas firmas en documentos. Recuerda que Rafael Guardia padre lo desvinculó de las operaciones de las sociedades y cuentas que tenía su hijo.
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‘Habrá que esperar hasta que se realicen las pruebas de caligrafía para determinar que la firma de los documentos no es de mi cliente, como señala él',
GUILLERMINA MCDONALD
ABOGADA
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PROCESO
Vinculación entre Guardia y Cachafeiro
A finales del mes de julio del corriente, la Fiscalía Quinta Anticorrupción ordenó la detención preventiva de Javier Cachafeiro Richa por su vinculación en la investigación por blanqueo de capitales que se sigue a Rafael Guardia Jaén, exdirector del PAN.
Cachafeiro era directivo en una de las sociedades (Kalua, S.A) que creó Guardia Jaén para movilizar el dinero que obtuvo por beneficiar a empresas con millonarios contratos del PAN. Este joven de 29 años es amigo personal del hijo del exdirector del PAN.
También figuraba como secretario de la sociedad Brescia Tre, S.A., bajo la cual estaba inscrito en la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) el yate ‘Boombastic', propiedad del exjefe del PAN y el cual se mantiene aprehendido por órdenes del Ministerio Público.
En la investigación que se le sigue a Cachafeiro también es mencionada la sociedad Musashi Investment, S.A., por el supuesto peculado de más de $60 millones por la compra de alimentos deshidratados adquiridos por el PAN. A Cachafeiro se le señala como firmante de la cuenta de esta sociedad.
Cachafeiro trabajó un año y medio en el Banco Hipotecario cuando Guardia Jaén fungió como director.
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CASOS
Los fallos del juez Leslie Loaiza
Al juez Décimo Quinto del Circuito Penal Leslie Loaiza le ha correspondido dictar medidas, unas más severas que otras, en escándalos de corrupción de funcionarios de la pasada administración de gobierno de Ricardo Martinelli.
Loaiza se inclinó por cambiar la medida cautelar de casa por cárcel a país por cárcel, una medida menos severa, para el exdirector del Programa de Ayuda Nacional (PAN) Giacomo Tamburrelli, acusado de peculado. En otro caso, Loaiza negó una fianza al secretario privado del expresidente Ricardo Martinelli, Adolfo (Chichi) De Obarrio, por el mismo cargo. El mencionado está prófugo de la justicia.
En manos de este juez también estuvo la decisión de negar a los abogados del exdirector del PAN Rafael Guardia la acumulación de los procesos.
En otro caso, Loaiza negó a los abogados del exministro de Desarrollo Social Guillermo Ferrufino un incidente de controversia. Ferrufino está investigado en el caso de alquiler de aeronaves que causó un perjuicio al Estado de $10.1 millones. En un fallo polémico, el juez absolvió de cargos a cinco empleados de Transcaribe Trading S.A., acusados de bloquear las instalaciones de Corporación La Prensa, en 2012.s