Asamblea Nacional aprueba creación del Certificado Negociable para el Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos

  • 27/04/2022 20:00
Le corresponderá a la Contraloría General de la República, la evaluación, confección y programación de los pagos correspondiente

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley 726, por el cual se crea el Certificado Negociable para el Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (Ceppan).

La norma propuesta, impulsada por el diputado Leandro Ávila, sería el complemento de la Ley 241 de 13 de octubre de 2021, que modificó la Ley 23 de 2017 y la Ley 9 de 1994, y que reconoció el pago de la prima de antigüedad de los servidores públicos.

Con el proyecto aprobado en tercer debate, se reconoce el pago de la prima de antigüedad, como un derecho adquirido, en beneficio de los servidores públicos.

Con el proyecto aprobado en tercer debate, se reconoce el pago de la prima de antigüedad, como un derecho adquirido, en beneficio de los servidores públicos que se hayan desvinculado laboralmente, por despido o pensión de invalidez, de las entidades gubernamentales, en las cuales brindaron responsablemente servicios como funciones del Estado panameño; a razón de una semana del último salario devengado por cada año laborado al servicio del Estado en forma continua, aunque sea en diferentes entidades del sector público.

El documento autoriza la creación del Certificado Negociable para Pago de Prima de antigüedad, mejor conocido como CEPPAN, en el Estado panameño, a fin de reconocer el derecho correspondiente a estos servidores y ex servidores públicos.

Según la iniciativa, el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el departamento de Cuentas de la Caja de Seguro Social, la Contraloría General de la República y las instituciones en las que labora o laboró la persona acreedora a este pago, deberá elaborar el cálculo comprobado, que brindará la información cabal sobre el monto total pagadero de Prima de Antigüedad al ex funcionario público que lo solicite.

Le corresponderá a La Contraloría General de la República, verificar todo lo concerniente a la evaluación, confección, programación de pagos correspondientes y entrega de los CEPPAN; así como la habilitación de una oficina provisional dedicada a cumplir con los objetivos de la presente Ley, misma esta que dejará de existir una vez se hayan cumpl ido los mismos. De igual forma, El Misterio de Economía y Finanzas, todo lo relacionado a la publicidad informativa sobre lugar, fecha y metodología que se utilizará para la entrega de los CEPPAN.

De igual manera, se establece que los servidores públicos que están ya pensionados y se mantengan activos en el servicio público, al momento de recibir su liquidación, presentarán su renuncia al cargo y solo por voluntad propia a la institución, podrán ser contratados en la planilla presupuestaria de servicios profesionales o especiales.

Mientras que los ex trabajadores y trabajadores que aún se encuentren activos en el servicio público, podrán renegociar, los respectivos montos que le correspondan en el Banco Nacional, Caja de ahorro y otras Instituciones bancarias, que tengan a bien asumir dicho compromiso.

Lo Nuevo