En Venezuela hay 1,905 detenidos considerados como “presos políticos”, 38 más que la semana pasada, cuando se computaron 1.867 personas privadas de libertad...
- 28/09/2019 07:00
- 28/09/2019 07:00
El sistema constitucional panameño, desde la primera Constitución de 1904, ha mantenido una existencia jurídica que establece los mecanismos garantes de la juridicidad, del orden público y de la paz social. En la Constitución están presentes las instituciones creadas por el Constituyente para frenar el delito, perseguir a los delincuentes y para cautelar lo que debe ser materia de prevención.
En los sistemas constitucionales, en la vida de los Estados, nada está dejado al azar. Todo está presente y ordenado. Siempre he sostenido que el Ministerio Público es la institución concebida con las mayores dotes morales. Es la horma para que el Estado de Derecho no permita que la sociedad se aparte de su cauce correcto. Es el pensamiento en la Carta Magna. Es lo indicado en las muchas Constituciones que ha tenido el país y es lo contemplado en el artículo 216 y siguientes de la actual Constitución Política. El artículo 217 de la Constitución contempla la misión superior que un ente estatal puede llevar a cabo para frenar todas las formas delictivas. En sus atribuciones al Ministerio Público, dice el artículo 217: 1. Defender los intereses del Estado o del Municipio. 2. Promover el cumplimiento o ejecución de las leyes, sentencias judiciales y disposiciones administrativas. 3. Vigilar la conducta oficial de los funcionarios públicos y cuidar que todos desempeñen ampliamente sus deberes. 4. Perseguir los delitos y contravenciones de las disposiciones constitucionales o legales. 5. Servir de consejeros jurídicos o las funciones administrativas, etcétera.
Este rosario de responsabilidades hace al Ministerio Público el órgano defensor de la probidad nacional. Nadie aquí vive sin ley, ni escapa a su fiscalización. Un Estado de Derecho, sin un Ministerio Público eficiente, es un Estado de Derecho siempre sometido al escarnio de los asociados, porque del funcionamiento del Ministerio Público depende que no coja fuerza la calumnia, la injuria o la maledicencia, o la impunidad, según sea el caso en el tapete de la opinión pública.
En los días actuales, el Ministerio Público está sometido a una dura prueba porque todo un Órgano del Estado está bajo la investigación del Ministerio Público. Me refiero al caso denunciado por el Legislador Tito Afú y que señala a sus compañeros de partido como autores del delito de corrupción. En cada oportunidad en que la actuación no encuentra su freno legal, el Estado de Derecho se tambalea porque la impunidad es la mayor burla que puede afrontar el Derecho. Estando al menos en su etapa sumarial, es la función que se asignó al Ministerio Público, creo que todos los panameños de correcta voluntad desean éxito al Ministerio Publico en sus sagrada misión.
En el mundo de hoy, como en el de ayer, la corrupción se ha constituido en la causal de la ruina moral de los pueblos. Es un viejo ente flagelo de la humanidad. Es tan viejo que la Biblia indica que el diluvio universal se desató sobre la Tierra para erradicar la corrupción imperante entre los hombres. Desde entonces nunca ha faltado el diluvio contemporáneamente representado por una opinión pública alerta y crítica contra esa aberrante ilicitud.
La corrupción tiene diversas concepciones, pero para simplificarla se le puede definir como todo apoderamiento doloso de un bien ajeno y dentro de tal definición caben todos los delitos contra las personas. Los sujetos activos no son exclusivos, lo pueden ser del sector público o del sector privado. De allí que como medida preventiva tanto el sector público como el sector privado deben adoptar medidas disciplinarias que constituyen soluciones sanitarias aplicables a los trasgresores. No es posible que en los gremios del sector privado sigan como miembros los empresarios, banqueros, y comerciantes que usaran las ganzúas en beneficio propio y en perjuicio de los asociados. Ni es posible que en el sector público se pavoneen los atracadores del erario. Ni e s posible que al repasar la jurisprudencia en materia de peculado solo aparezcan las sentencias dictadas contra telegrafistas o empleados menores que se hurtaban los valores de las estampillas. El país no puede seguir viviendo con una justicia que solo cuela mosquitas muertas y deja impunes a delincuentes de cuello blanco, elefantes y camellos.
La Comisión Presidencial contra la corrupción presentó al Presidente de la República más de cincuenta recomendaciones para poner un bozal a la corrupción. Estas recomendaciones son un programa de gobierno. Declaro que no he perdido la seguridad de que el Presidente de la República dará a conocer prontamente las medidas adoptadas en acatamiento a las medidas sugeridas.
El Estado de Derecho es una conquista de la humanidad que se consolidó en el principio de legalidad emanado de la Revolución Francesa. El peor enemigo del Estado de Derecho, más que el abuso de poder, es la impunidad, porque su vigencia deja a los pueblos sometidos al rigor de la 'Ley de la Selva', la 'Ley truhanes' y la 'Ley de los mercaderes sin conciencia'.
Este seminario es una declaración de hostilidad contra la Ley de la selva porque en sí constituye una adhesión espiritual al Estado de Derecho, el único Estado afín al alma de la universidad.