Canje de terrenos con EEUU

Actualizado
  • 10/12/2012 01:00
Creado
  • 10/12/2012 01:00
PANAMÁ. Aunque pueda parecer que la ciudad está saturada de obras viales, cuyo desarrollo se ejecuta al mismo tiempo, el Ministerio de O...

PANAMÁ. Aunque pueda parecer que la ciudad está saturada de obras viales, cuyo desarrollo se ejecuta al mismo tiempo, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) planea otra construcción en un sitio, por demás, neurálgico en la urbe capitalina.

Según la Gaceta 27177 del 5 de diciembre de 2012, una resolución de Gabinete autorizó el acuerdo entre Estados Unidos y Panamá que permitiría el uso de unos siete mil 960 metros cuadrados de los terrenos de la residencia diplomática del embajador estadounidense en la vía Martín Sossa-23 de Octubre. A cambio, el Estado panameño entregó 43 mil 760 metros cuadrados, en la misma área, a la sede estadounidense.

EL ACUERDO

Según la resolución de Gabinete 161 del 4 de diciembre de 2012, Panamá y Estados Unidos acordaron el traspaso gratuito de los siete mil 960 metros cuadrados a Panamá del terreno segregado al territorio que tenía arrendado Estados Unidos desde 1941.

Esta resolución también da concepto favorable al contrato de promesa de indemnización, que se le pagaría en especie a los norteamericanos. Para sufragar la deuda, Panamá le concedió al gobierno estadounidense cinco fincas contiguas a la casa diplomática, que suman un total de 42 mil 122 metros cuadrados, además de los mil 638 metros cuadrados sobre los que está construida la casa que hoy ocupa el embajador Jonathan D. Farrar. Todo esto justo en las entrañas de La Cresta, un área exclusiva y de muy alto valor comercial.

La necesidad de construcción de una nueva entrada hacia el Corredor Norte en este lugar es una situación que había sido analizada por algunos ingenieros desde el 2001, según se detalla en los registros de publicaciones de los medios, pero no fue hasta este año cuando se inician las gestiones.

La permuta para la cesión de los terrenos a Estados Unidos se realizó en base a los parámetros establecidos por la Ley 15 del 5 de abril de 1989, por la cual se reglamenta el artículo 285 (actual 290) de la Constitución Política sobre la adquisición de inmuebles para sedes de embajadas.

AÑOS DE ARRENDAMIENTO

Desde 1941, cuando fue firmado el acuerdo entre ambos Estados, hasta este año (2012), el Gobierno estadounidense administraba los terrenos de La Cresta. Un derecho que —de no hacerse los cambios— tendría hasta el 2040, cuando se cumpliesen los 99 años de arrendamiento estipulados en aquel entonces, dejando sin cumplir 28 años del contrato.

El monto que debió pagar Estados Unidos por ocupar el espacio dentro del territorio panameño fue pagado de la misma manera en que hoy está siendo indemnizado, pues en 1951, mediante la Ley 32 del 24 de febrero, el Estado panameño aceptó en concepto de pago dos naves de carga: la N°T-35 y la N°T-30.

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