Gómez propone castigar con cárcel a las ‘botellas’ y agilizar investigación contra la corrupción

  • 25/07/2025 07:38
El procurador de la Nación, Luis Gómez, propuso dos proyectos de ley, uno que castiga con cárcel a los funcionarios que cobran y no trabajan, y otro que no requerirá auditoría de la Contraloría para tipificar el delito contra la administración pública

En medio de 3.840 causas activas por el supuesto delito de corrupción, el procurador de la Nación, Luis Gómez, presentó dos proyectos de ley. Uno por el cual se adopta la Ley General Anticorrupción, que modifica el Código Procesal Penal, y el otro que modifica artículos del Código Penal relativos a los delitos contra la administración pública.

La propuesta de la Ley General Anticorrupción establece que “no será necesario contar con auditoría previa ni refrendo de la Contraloría General para la validez o acreditación de hechos en el proceso penal que por otros medios de prueba se puedan deducir”.

Los peritajes y las auditorías necesarias para la acreditación de los hechos delictivos podrán ser practicados por los servidores públicos que presten servicios en entidades estatales, autónomas y semiautónomas, en universidades oficiales, así como los miembros de los entes policiales, o el Instituto de Medicina Legal, conforme al principio de libertad probatoria, así como a la urgencia, necesidad del caso o a la naturaleza de la diligencia técnico-científica que se requiera, contiene el proyecto de ley.

Agrega que esas actuaciones no estarán sujetas a prejudicialidad ni requerirán la validación de otra entidad pública.

“El fiscal podrá realizar la investigación patrimonial de la persona, natural o jurídica, indiciada o imputada, a efectos de identificar activos no justificados, así como operaciones económicas o transacciones financieras que no correspondan al tránsito normal de una operación económica o financiera lícita, en el marco de los delitos a los que se refiere la presente ley”, sostiene la propuesta.

El proyecto de Ley General Anticorrupción también faculta al Ministerio Público a ordenar la aprehensión provisional de bienes relacionados, directa o indirectamente, con las actividades ilícitas, cuando existan elementos que razonablemente permitan presumir su relación con el delito o que puedan ser objeto de comiso. Sin embargo, la medida deberá ser sometida a control judicial dentro de los diez días siguientes a su ejecución, a fin de que el juez de garantías evalúe su legalidad.

El proyecto de ley también establece que el fiscal podrá disponer la reserva parcial o total de las actuaciones por un plazo máximo de treinta días consecutivos, prorrogable por igual término, cuando la publicidad pueda entorpecer la investigación o provocar la fuga de un sospechoso o pérdida o destrucción de evidencia.

“Esta reserva, total o parcial, se extiende a todas las resoluciones, informaciones, actuaciones y seguimientos de procesos que se encuentren disponibles en la plataforma digital. La defensa podrá solicitar al juez que examine la medida y ponga fin a la reserva”, dice la propuesta.

El proyecto de ley establece que, de los bienes decomisados, el 10 % se destinará al Ministerio Público, el 10% al Órgano Judicial y otro 10 % al Ministerio de Seguridad, que deberán utilizar los fondos exclusivamente para el fortalecimiento institucional de dichas entidades, en acciones relacionadas con la investigación y juzgamiento de los delitos relacionados con la corrupción. El 70% restante ingresa a la cuenta del Tesoro Nacional.

“El proyecto de Ley General Anticorrupción responde a una realidad y necesidad institucional y social impostergable: dotar al Estado panameño de un marco legal robusto, moderno y especializado que permita enfrentar, con proporcionalidad y eficacia, los delitos contra la administración pública y otros comportamientos vinculados que afectan gravemente la moral pública, e1 patrimonio del Estado y la legitimidad del orden institucional”, manifestó el procurador Gómez en su exposición de motivos.

Cárcel para las ‘botellas’

El otro proyecto de ley presentado por el procurador modifica 10 artículos del Código Penal y adiciona un artículo. Uno de los artículos modificado es el 349, en el que el procurador propone que “el servidor público que acepte un nombramiento para un cargo público o perciba remuneración del Estado sin prestar el servicio o sin prestar el servicio para el cual ha sido designado, sin causa justificada, será sancionado con prisión de cuatro a seis años”. En otras palabras, es cárcel para las “botellas”.

La norma actual establece una sanción de 150 a 300 días multas o trabajo comunitario.

A estos proyectos de ley se suman la iniciativa presentada por el diputado Edwin Zúñiga, de Vamos, que busca la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública.

Las encuesta que ha publicado La Estrella de Panamá revela que para los panameños la corrupción es el mayor problema que enfrenta el país.

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