Gobierno pagará en efectivo las horas extras

  • 13/05/2017 02:00
El Tribunal está integrado por tres magistrados que serán nombrados de la siguiente manera: dos por el Ejecutivo y uno por la Asamblea

Los funcionarios que ingresan a la Carrera Administrativa podrán cobrar en efectivo las jornadas extraordinarias. La medida está contemplada en la Ley 23 del 12 de mayo, que reforma la Ley 9 de 1994, mediante el cual se establece y regula la Carrera Administrativa.

‘A los servidores públicos se les cancelará en efectivo el tiempo acumulado en concepto de tiempo extraordinario por haber laborado en jornadas extraordinarias al mes siguiente de haberse causado', señala el artículo 7 de la Ley 23, que reforma el artículo 162 de la Ley 9 de 1994.

‘Este pago no será en ningún caso superior a lo autorizado por la ley que aprueba el Presupuesto General del Estado', agrega la norma.

La recién sancionada ley también establece que en caso de fallecimiento del funcionario, se le concederá el último mes de sueldo más todo los derechos adquiridos no cobrados al beneficiario designado o a los herederos.

La norma contempla que para la destitución de un servidor público, el departamento de recursos humanos de la entidad deberá formular los cargos por escrito. Agrega que la oficina de recursos humanos realizará una investigación que no durará más de treinta días hábiles, en la que el servidor público investigado tendrá garantizado el derecho a la defensa y se le permitirá estar acompañado por un asesor de libre elección.

‘Si una vez cumplido el término no se ha concluido la investigación, se ordenará de oficio el cierre de la investigación y el archivo del expediente', señala la norma.

La Ley 23, además, crea el Tribunal Administrativo de la Función Pública, que tendrá como función conocer de las apelaciones contra acciones de recursos humanos dirigidas a funcionarios públicos permanentes, pertenezcan o no a una de las carreras públicas reconocidas en la Constitución o en la ley.

El Tribunal está integrado por tres magistrados que serán nombrados de la siguiente manera: dos por el Ejecutivo y uno por la Asamblea.

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