Los pedófilos y violadores podrán ser sancionados hasta con 18 años de cárcel

Actualizado
  • 07/03/2018 13:33
Creado
  • 07/03/2018 13:33
Se establece que quien logre acceso sexual con persona mayor de 14 años y menor de 18 será sancionado  con prisión de 4 a 6 años,  aunque medie consentimiento

La voz de una sociedad que exigía medidas  más severas contra la pedofilia  y los  violadores recibió la atención de la Asamblea Nacional, que aprobó en tercer debate aumentar los años de prisión a quienes cometan este tipo de delitos.

El citado proyecto de ley 584, que reforma  artículos del Código Penal, propone el aumento de penas para todos los delitos contenidos dentro del Libro 11, Título I1I, Capítulo 11, titulado Corrupción de Personas Menores de Edad, Explotación Sexual Comercial y otras conductas.

De acuerdo con lo aprobado, los pedófilos serán sancionados con prisión de hasta 18 años, mientras que los violadores purgarán pena de 10 a 15 años de prisión. Establece que quien logre acceso sexual con persona mayor de 14 años y menor de 18 será sancionado  con prisión de 4 a 6 años,  aunque medie consentimiento.

Sobre el trabajo comunitario, la suspensión de las penas y el reemplazo de ellas, se establece que no se aplicarán estas condiciones cuando sea una persona sancionada por  los  delitos  contra la  libertad e integridad sexual en perjuicio de  una persona   menor de 14 años de edad. Se dispone penas de 10 a 15 años de prisión, cuando se acredite en la víctima, menor de 14 años, una alteración psicosexual.

En el Código Penal se suman nuevos elementos tales como inhabilitación para el ejercicio de cargos, oficios o profesión en parques, parvularios, centros escolares, campos o centros deportivos y/o áreas aledañas.

Además de las medidas anteriores, después de cumplir con la pena impuesta, no se les permitirá a las personas que hayan cometido estos delitos que permanezcan en lugares donde regularmente se agrupen menores de edad para practicar actividades para su desarrollo integral y la prohibición de residir en determinado lugar.

La normativa abarca penas, entre otros aspectos, para la corrupción de menores, posesión y distribución de pornografía infantil, exhibicionismo, el comercio sexual, así como el acceso a espectáculos pornográficos a personas menores de edad, acoso sexual y actos libidinosos.

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