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- 03/03/2010 01:00
PANAMÁ. Cada vez toma más fuerza la convocatoria a una constituyente para introducir reformas a la Constitución.
Los ánimos se elevan en los círculos sociales; sin embargo, en medio de la efervescencia surge una pregunta: ¿cómo se llega a la constituyente?
De acuerdo con el artículo 314 de la Constitución, el mecanismo es una Asamblea Constituyente Paralela, que podrá ser convocada por el Ejecutivo, ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo.
Otra forma es por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros, o por iniciativa ciudadana, la cual debe ser acompañada por las firmas de por lo menos, el 20% de los integrantes del registro electoral, actualmente compuesto de 2,211,261 electores.
En el último caso tiene seis meses de plazo para cumplir con el requisito.
Correspondería entonces al Tribunal Electoral (TE) acoger la propuesta y hacer la convocatoria a elección de constituyentes, en un término no menor de 3 meses ni mayor de 6 meses.
La Asamblea Constituyente, integrada de 60 constituyentes acreditados, tendrá un período no mayor de 9 meses para cumplir con su labor y entregar al TE el texto de la nueva Carta Magna.
Sin embargo, el acto constitucional aprobado con arreglo al método anterior será sometido a referéndum en un período no mayor de 6 meses.
Y es que la posibilidad de convocar a una constituyente pone en la mesa un gasto inmediato.
El referéndum del 22 de octubre de 2006 para saber si los panameños querían la ampliación del Canal de Panamá costó 7 millones 984 mil 171 dólares.
Para el referéndum de 1992 hubo también un gasto excesivo de 5 millones 623 mil dólares.
El vicepresidente del Tribunal Electoral, Eduardo Valdés Escoffery, señaló que no han reglamentado el tema de la Constituyente Paralela que establece la Constitución para los cambios a la Carta Magna.
“Esa reglamentación no se ha desarrollado porque no ha habido interés de poner en marcha esas normas constitucionales”, manifestó.
Para Valdés Escoffery, no hay una fecha específica para llamar al referéndum, eso es cuestión de recoger la cantidad de firmas, si es que viene de una iniciativa popular o proviene del Ejecutivo.
Su compañero Gerardo Solís tiene otro punto de vista sobre el llamado a una constituyente. “El tema es supercomplejo, se da en casos de extremas crisis sociales, que no es el caso de Panamá”, alegó
El magistrado sostiene que “la fórmula de una constituyente sólo se utiliza en situaciones extremas de crisis sociales y se requiere recomponer la organización constitucional de un Estado”.
Solís, quien preside la Comisión de Reformas Electorales, citó el ejemplo que en elecciones se eligen diputados, pero los constituyentes serían “superdiputados” que redactarían la nueva Constitución.
Quien no comparte la opinión del magistrado en el sentido de que debe existir una crisis para llamar a una constituyente es el analista político, José Blandón padre, quien afirma que ya es el momento de hacerle cambios a la Constitución.
El experto indicó que en Panamá se requieren hacer cambios constitucionales, pues “hay una estructura constitucional arcaica”.
Blandón discrepa en tomar la coyuntura para incluir modificaciones con intereses propios como la reelección. “No es un problema de reelección, es un problema de fortalecer la democracia”, agregó.