Contrataciones públicas: las dudas de unas reformas

Actualizado
  • 10/03/2020 06:00
Creado
  • 10/03/2020 06:00
Diputados del oficialista Partido Revolucionario Democrático buscan evitar que las reformas puedan ser aplicadas a las empresas que han alcanzado acuerdos de pena por delitos contra la administración pública

Los diputados de la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos de la Asamblea Nacional introdujeron 42 cambios al proyecto de reformas a la ley de contrataciones públicas.

Los diputados se declararon en sesión permanente desde el pasado jueves para discutir el proyecto en segundo debate.

Además, incluyeron 16 nuevos artículos, comparados con el texto original que entregó al pleno, el 31 de julio del año pasado. el ministro de Economía y Finanzas, Héctor Alexander.

La propuesta, que fue aprobada en primer debate, es una de las grandes apuestas del gobierno de Laurentino Cortizo para reactivar la economía y combatir la corrupción. Sin embargo, el segundo debate empezó con nuevas reformas que para el diputado independiente Juan Diego Vásquez apuntan a favorecer la corrupción.

El texto único aprobado en primer debate establece que las empresas que hayan realizado un acuerdo de colaboración judicial o de pena en el que reconoce la comisión de delito contra la administración pública, contra el orden económico, contra la seguridad colectiva, contra el patrimonio económico y contra la fe pública, no podrán licitar con el Estado.

También aplica para las personas naturales y jurídicas que hayan sido condenadas por los mismos delitos en un tribunal panameño o extranjero.

Sin embargo, los diputados del oficialistas Partido Revolucionario Democrático Luis Cruz, Ricardo Torres y Benicio Robinson, presentaron una modificación, en segundo debate, que busca que la norma no tenga efecto retroactivo, lo que beneficia a las empresas que han logrado acuerdos de pena como la constructora brasileña Odebrecht, responsable del mayor escándalo de corrupción en el mundo por haber pagados coimas a funcionarios a cambio de contratos con el Estado.

Entre los cambios que presentaron los diputados del PRD está que la ley solo tendrá efecto, a partir de su entrada en vigencia. En otras palabras, las empresas que han sido condenadas o han logrado acuerdo de pena podrán licitar con el Estado.

A juicio del diputado Vásquez, este proyecto de ley encaja dentro de lo que establece el artículo 46 de la Constitución, que señala que “las leyes no tienen efecto retroactivo, excepto las de orden público o de interés social cuando en ella así se exprese...”.

Para el diputado Vásquez, esta ley aplica el principio de “orden público” para establecer la retroactividad. Se quejó que iniciando el segundo debate se hayan presentado estas modificaciones que, a su juicio, es una contradicción porque la Comisión de Comercio y Asuntos Económico se demoró en aprobar el documento en primer debate para lograr consensuar la propuesta.

El proyecto de ley también establece que no podrán licitar en el Estado las empresas que hayan incurrido en falsedad al proporcionar información requerida y haber abandonado una obra por causas imputables al contratista.

Las reformas a la ley de contrataciones públicas fueron tema de debate durante la pasada campaña política y el ahora presidente de la República, Cortizo, se comprometió a realizar los cambios.

A pesar de que fue uno de los temas abordados durante el primer Consejo de Gabinete, el 3 de julio del año pasado en el Instituto Nacional de Agricultura (INA), hasta la fecha el documento aún está pendiente de aprobación en segundo y tercer debate.

El presidente Cortizo solicitó la semana pasada a los diputados acelerar la aprobación del documento.

Entre los nuevos artículos introducidos en primer debate está el 14-A que establece destitución de los servidores públicos por incurrir en las siguientes faltas: cuando incurra en división de materia; cuando favorezca a un proveedor con información privilegiada en un acto público; por aceptar, recibir o solicitar donativo, promesa, dinero o cualquier beneficio o ventaja para realizar, omitir o retardar un acto en violación a sus obligaciones.

En la legislación actual, se contempla que el funcionario que incurra en división de materia será sancionado con una multa del 30% de su salario mensual.

En la propuesta se contempla que el funcionario también puede ser destituido por omitir, en su debido tiempo, la ejecución de fianzas y multas a los contratistas o proveedores de bienes y servicios.

Los funcionarios que son destituidos quedarán inhabilitados de por vida para ser contratados en cualquier institución del Estado.

Otro de los artículos nuevos establece que la Dirección de Contrataciones Públicas establecerá un observatorio digital con la finalidad de que la ciudadanía pueda monitorear los datos generados en todas las etapas de los procedimientos de selección de contratistas.

El director de Contrataciones Públicas, Raphael Fuentes, indicó que el observatorio promoverá la transparencia porque permitirá que los ciudadanos puedan presentar denuncias sobre los actos públicos.

Fuentes participó, este lunes, en el debate del pleno de la Asamblea y respondió preguntas de los diputados.

De acuerdo con la iniciativa, los pliegos de condiciones establecerán reglas generales e impersonales que aseguren que no se discrimine o favorezca a un proponente. Las entidades no podrán fijar en los pliegos de condiciones cláusulas determinantes de circunstancias subjetivas, ni señalar marcas comerciales, números de catálogos o clases de equipo de un determinado fabricante.

Para las compras “sensitivas” del Ministerio de Seguridad, relacionadas con la seguridad y defensa del Estado, previamente autorizado por el Consejo de Gabinete, los pliegos de condiciones serán confidenciales y las empresas participantes deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad para obtener el código de acceso al acto público en la página de Panamá Compra.

A partir de enero de 2021, las propuestas de los actos públicos deberán ser presentadas electrónicamente en la página web de Panamá Compra.

Entre las modificaciones realizadas por los diputados de la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos se establece que la Asamblea Nacional podrá acogerse al procedimiento excepcional en las contrataciones que excedan los $50,000. En caso de contrataciones inferiores a esta cifra, serán autorizadas por la junta directiva de la entidad.

Los diputados se declararon en sesión permanente desde el pasado jueves para discutir, en segundo debate, el proyecto. A juicio del diputado Vásquez, la bancada del PRD tiene bajo la manga varias modificaciones. Hasta el cierre de esta nota, el proyecto de ley seguía en segundo debate.

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