Magistrado Luis Guerra propone limitar el fuero penal electoral a los periodos de campaña

Según el criterio del magistrado, los presidentes o secretarios de los partidos políticos no deberían contar con ese fuero.

El magistrado del Tribunal Electoral, Luis Guerra, recordó la mañana de este martes 15 de julio que el tema del fuero penal electoral es delicado, sin embargo, no debe ser permanente.

Guerra planteó que el fuero penal electoral debe estar vigente solo en el periodo que el candidato este en firme, o sea que sería por unos seis o siete meses.

Añadió que ese fuero sería solo para el periodo en que este compitiendo el candidato a un puesto de elección popular.

Según el criterio del magistrado, los presidentes o secretarios de los partidos políticos no deberían contar con ese fuero.

Guerra ofreció sus declaraciones en Telemetro Reporta, en donde explicó el trabajo que realiza la Comisión Nacional de Reformas Electorales.

Para el magistrado, los principales retos durante este periodo de reformas electorales es el artículo No. 33 del Código Electoral, que regula que los funcionarios deben separarse de sus cargados si aspirasen a un cargo de elección.

“Ya se han efectuado cambios fundamentales como posibles reformas”, recordó.

Guerra aprovecho para recordar que los que tienen la última palabra en el tema de las reformas electorales son los diputados en la Asamblea Nacional.

En cuanto al tema del financiamiento público Guerra manifestó la comisión verá el tema durante sus sesiones de los jueves.

El magistrado planteó que el financiamiento público debe efectuarse de forma equitativa y enfatizó que debe existir equidad e igualdad de condiciones.

Guerra no está de acuerdo con ese 7% de financiamiento público que se le otorgó a los candidatos por la libre postulación.

Sobre la disposición que existe de que si el candidato no quiere utilizar el subsidio se lo puedo donar a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología Guerra dijo que esa norma será revisada en la comisión.

Para Guerra ese dinero no debe ser entregado ni a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología Guerra ni a otra entidad, sino que tiene que ser devuelto al Estado panameño.

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