Cada 33 horas desaparece un menor en Panamá; se actualiza la Ley de Alerta Amber

Con la recién sancionada norma, el país busca fortalecer el sistema de búsqueda inmediata de menores desaparecidos, estableciendo responsabilidades claras entre instituciones y agilizando los procesos.

“Vestía blusa rosada con mangas, pantalón jeans corto de color negro, sandalias de color rosado pastel”, se lee en la descirpición de Sara Isabel Pérez Pérez, publicada por la Alerta Amber en Panamá. La menor de 1,55mts de estatura, delgada con cabello negro y liso, de ojos café; fue reportada como desaparecida el 07 de mayo. No la ven desde el 1 de mayo a las 4:00pm, en La Chorrera.

Así como Sara, también se encuentra activada la alerta por Regina, Verónica, Sofía, Alanis, Jorge Luis, y muchos más. Según el reporte del portal web alertaamber.gob.pa , en lo que va del año, las autoridades han activado un total de 67 alertas para dar con el paradero de menores entre 1 y 17 años.

Este 8 de mayo de 2025, el presidente de la República sancionó la Ley 469 subroga la Ley 230 de 2021 y establece el marco legal actualizado del Sistema Nacional de Alerta Amber en Panamá.

Con esta nueva norma, el Gobierno busca fortalecer el sistema de búsqueda inmediata de menores desaparecidos, estableciendo responsabilidades claras entre instituciones y agilizando los procesos de activación de la alerta, en coordinación con distintos actores del Estado y del sector privado.

Una de las modificaciones fundamentales que introduce la Ley 469 es el traslado de la responsabilidad de activación de la alerta del Ministerio Público al Ministerio de Seguridad, lo que permitirá una respuesta más rápida y coordinada ante los casos de desaparición de niñas, niños y adolescentes. Se incluye la participación de organismos internacionales para cooperación fronteriza.

Entre los principales objetivos de la Ley destaca: activar alertas públicas de emergencia a través de medios de comunicación masiva, redes sociales y otras plataformas. Involucrar a instituciones públicas y privadas en el proceso de búsqueda. Y, fortalecer la cooperación interinstitucional y regional para localizar menores desaparecidos.

Es por ello, que se ordena la creación de la Oficina de Activación Temprana del Sistema de Alerta Amber, que deberá contar con una página web, redes sociales oficiales y una aplicación móvil, para que las personas que la descarguen puedan recibir automáticamente notificaciones sobre la activación y desactivación de alertas por desaparición de menores.

Además, las empresas concesionarias y operadoras de telefonía móvil están obligadas a difundir la Alerta Amber a través de mensajes de texto, correos electrónicos u otros medios disponibles, con el fin de alertar al público de forma oportuna.

La Alerta Amber debe activarse desde el momento en que concurran los supuestos de extravío, sustracción, desaparición o paradero desconocido de un menor de edad que haya sido reportado.

El periodo de difusión de la alerta no puede ser menor de cinco horas ni mayor de veinticuatro horas. Excepcionalmente, si es necesario ampliar más allá de las veinticuatro horas, se deberá emitir una nueva alerta, incluyendo información adicional del caso. La difusión puede ser local, nacional o internacional.

La ley reconoce la importancia de la colaboración ciudadana y establece canales seguros para que la población pueda aportar información útil sin comprometer su seguridad ni la del menor. Asimismo, garantiza la confidencialidad de los datos sensibles del menor y su familia, y prohíbe expresamente el uso del sistema con fines distintos a la búsqueda inmediata.

La norma establece sanciones para quienes hagan un uso indebido del sistema o difundan información falsa, y deja sin efecto la Ley 230 de 2021, consolidando así esta nueva legislación como el marco vigente que rige el funcionamiento del Sistema Nacional de Alerta Amber en Panamá.

¿Cómo colocar una denuncia?

Llamando al 104 de la Policía Nacional o puede presentarse a la instancia más cercana del Ministerio público o de la Policía Nacional.

Se trata de un programa diseñado como una eficaz herramienta de difusión, cuyo propósito principal es facilitar la pronta localización de menores de edad en situaciones como la ausencia, sustracción, secuestro, desaparición, extravío o privación ilegal de la libertad, ya sea que se presuma o no la comisión de algún ilícito en territorio nacional.

¿Cómo funciona la Alerta Amber?

Una vez activada la Alerta Amber, se llevará a cabo:

Difusión masiva y automática del formato de Alerta en todos los medios de comunicación disponible, tales como:

- Página web Alerta Amber.

- Redes sociales oficiales de Alerta Amber y las instituciones del estado.

- Otros medios digitales integrados al Sistema de Gestión de Alertas Amber.

- Simultáneamente, se realiza una solicitud abierta a la población y a la empresa privada para colaborar en la difusión de la Alerta.

La Alerta se mantendrá activa de manera continua durante un periodo inicial de 24 horas, y se podrá actualizar si se obtiene nueva información.

Después de 24 horas y en caso de que el menor continúe desaparecido, la Alerta Amber se convertirá en un Caso Abierto, visible en la página web hasta que haya nueva información para emitir nuevamente una alerta, o cerrar el caso.

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