Recapitulemos un chín

Actualizado
  • 23/10/2016 02:00
Creado
  • 23/10/2016 02:00
Aullido de loba

A ver, es que creo que no lo hemos entendido. Vamos a repetirlo una vez más, que veo mucho despistado opinando como si no hubiera un mañana. Vamos despacito y punto por punto para que me sigan los más lentos.

Una democracia, tal y como la entendemos hoy en día, se apoya en tres pilares fundamentales: el órgano ejecutivo, es decir, el gobierno, elegido en las urnas cada cinco años en el caso panameño. El legislativo, que es ese grupo de señores que se visten de blanco una vez al año y que luego durante el resto del tiempo se dedican a regalar tanques de gas y pavipollos. Y el judicial, que son los que te miran a la cara y te dicen si eres culpable, o no, de haber infringido las leyes que el anterior grupo dicta.

Tres grupos de funcionarios separados, vamos a decirlo de nuevo: se-pa-ra-dos. Esto quiere decir que han de tener completa independencia entre ellos. ¿Alguien necesita que se lo diga cantando?

Bien, parece que hasta el momento nos entendemos.

Una vez que esto queda establecido, hay una serie de derechos fundamentales que todos los ciudadanos tienen y que están reflejados en la Constitución de la República. Uno de esos derechos es la presunción de inocencia. Esta se ve reflejada en el Artículo 22 que reza: ‘las personas acusadas de haber cometido un delito tienen derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad'. Y se desarrolla en el Código Judicial en el Artículo 1942, donde leemos: ‘toda persona tiene derecho a su libertad personal y frente a toda denuncia se presume su inocencia'.

A ver, amiguitos, una vez más, para que quede claro y meridiano, se reitera este derecho en el artículo 8 del Código Procesal Penal de Panamá, donde están recogidos los principios rectores del proceso penal: ‘Toda persona debe ser tratada y considerada como inocente durante la investigación y el proceso, hasta tanto se le declare responsable del delito que se le imputa en sentencia'.

El Ministerio Público, donde trabajan los señores fiscales, sólo puede investigar los delitos, no dictar sentencia ni decidir si alguien es culpable o inocente. Ellos han de trabajar según los códigos antes dichos presuponiendo siempre la inocencia del investigado. Y es un juez (o jueza) el que decide, una vez vistas las pruebas.

Pruebas, señores. Una persona no ha de probar su inocencia, la acusación debe probar, en cambio, el delito. Sin pruebas no existen culpables. Todos somos inocentes. Por mucho que a ustedes, queridos amiguitos, les caigan los investigados como una patada en el fuás.

Si usted no es juez no puede juzgar a nadie. Ahora sí, obvio que usted, estimado miembro de la sociedad, tiene derecho a tener su opinión acerca de determinada persona, las opiniones son como el culo, todos tenemos una. Aunque de la misma manera que no a todos les va a gustar el culo que usted luce, se puede imaginar por donde se pasarán muchos su respetable opinión.

Las garantías fundamentales en un estado de derecho no son excusas para proteger a unos cuantos, sirven para protegernos a todos, y son inextricables de la libertad. Se preguntan ustedes que qué quiero decir con estas leguleyadas, pues quiero decir que estamos en un punto de no retorno, estamos perdiendo los papeles y si seguimos así, llegaremos en breve a los grupos de linchamiento, jueces y verdugos, todos en tromba, un palo y una soga. Y los versos de Rimbaud:

‘En el negro patíbulo, manco amable,

Bailan, bailan los paladines,

Los flacos paladines del Diablo (…)'

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