¿Qué pasa con las escuelas?

Actualizado
  • 15/11/2014 01:00
Creado
  • 15/11/2014 01:00
Las escuelas particulares en Panamá, a diferencia de otros mercados, tienen una regulación indirecta de precios

Es innegable que desde hace algún tiempo hemos profundizando acciones con relación al mercado de la educación particular, mismo que aunque debe tener un ánimo de lucro como cualquier mercado, debe encuadrar las condiciones de su servicio (precio, contratos, etc.) tanto en la Ley 47 de 1946 que regula la educación en Panamá y como en la Ley 45 del 2007 de Protección al Consumidor.

¿Eso qué significa? Que las escuelas particulares, a diferencia de otros mercados, tienen una regulación indirecta de precios, los cuales deben ser coordinados con la Asociación de Padres de Familia y con el MEDUCA (art. 130 Ley 47/46). También significa que las escuelas deben cumplir sus obligaciones como proveedores, tal como establece la Ley 45/2007, es decir informar todas la condiciones del servicio que ofrecen.

No obstante lo anterior, ¿Por qué se percibe un problema todos los años? A nuestro criterio por la forma en que hasta ahora se ha manejado dicha relación comercial. De alguna manera se ha adoptado la idea que este servicio puede encasillarse a un mercado netamente comercial, lo cual es un grave error. El objeto del servicio son niños y adolecentes, que crean costumbres y lazos fraternales en su entorno, con lo cual removerlos de las escuelas ante un aumento de los costos escolares, deja a los padres con una sensación de impotencia, quien en la mayoría de las veces termina cediendo ante los aumentos, aunque tenga que privarse de otras cosas.

Otro error en esta relación comercial ha sido limitar su contratación a un servicio anual, cuando claramente observamos que la propia Ley de Educación, divide los niveles de enseñanza así: Primer Nivel: preescolar: 2 años, primaria: 6 años y premedia: 3 años y el segundo nivel: educación media: 3 años. Si esos son los niveles de enseñanza que la propia Ley de Educación establece, esos deberían ser los niveles pactados en los contratos de servicio educativo.

Los padres de familia matriculan a sus hijos para obtener un título académico que les represente la conclusión de dichos niveles escolares, no para que sólo cursen un año, entonces porque tenemos que limitar las condiciones del servicio a ciclos anuales? No sería más lógico que los padres conozcan de antemano cuánto será el costo de la primaria de su hijo? No sería más justo saber ¿cuánto me puede aumentar cada año la escuela? Esto es información oportuna y transparente, todos tendríamos las cartas sobre la mesa y pudiesen los consumidores decidir, si a pesar de los costos que pueden sobrevenir, deciden afrontarlos.

Que quede claro, no estamos hablando de regulación, aunque la normativa de educación lo tienen como un mercado regulado y se deja claro en el artículo 130, sino de transparencia de la información. Somos partidarios de que cada colegio particular cobre lo que considere justo por el servicio que ofrece, aunque ello implique que va a aumentar 100% todos los años! Lo que necesitamos como consumidores es saberlo!

ADMINISTRADOR GENERAL DE LA ACODECO

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