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- 20/01/2016 01:00
El Estado devolverá a los 166 agentes de retención —empresas cuyas compras sean iguales o superiores a $10 millones anuales— las inversiones tecnológicas que realicen para implementar el nuevo mecanismo de cobro del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS), que entrará en vigencia el próximo 1 de febrero.
El ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, informó que presentarán un proyecto de ley al Consejo de Gabinete de un solo artículo para darle un crédito fiscal a los agentes de retención por los gastos en los que están incurriendo para implantar el nuevo mecanismo, que supone que las empresas les retengan a sus proveedores el 50% del ITBMS.
‘Cada una de las empresas tendría que ir a la Dirección General de Ingresos (DGI) a sustentar los gastos para que se les otorgue el crédito fiscal',DULCIDIO DE LA GUARDIAMINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
‘Cada una de las empresas tendría que ir a la Dirección General de Ingresos (DGI) a sustentar los gastos para que se les otorgue el crédito fiscal', resaltó.
El presidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, Carlos Fernández, dijo que las inversiones dependen del tipo de empresa y que, en algunos casos, ronda los $750 mil. ‘Los más afectados han sido los supermercados'.
Recalcó que algunas empresas ya se encuentran listas para la aplicación del nuevo mecanismo de cobro, producto de que el gremio que dirige logró que la DGI extendiera el plazo hasta diciembre y, posteriormente, hasta febrero.
Fernández detalló que las empresas que no están listas, deben acercarse a la DGI y sustentar si tienen alguna dificultad tecnológica o financiera para que se le extienda el plazo más allá del 1 de febrero próximo.
En ese sentido, el director general de Ingresos, Publio Cortés, resaltó que la gran mayoría del sector involucrado está preparado y que están en plena comunicación con los agentes de retención y con las empresas administradoras de tarjetas de crédito y débito.
La DGI comunicó que antes del 1 de febrero próximo, todas las personas naturales, empresas y comercios que no están sujetos a la retención de ITBMS, por ejercer una actividad económica totalmente exenta de este impuesto, y que estén afiliados a una entidad administradora de tarjetas de débito y crédito, deben obtener su ‘Certificado de Actividades Exentas del ITBMS' y presentarlo a dicha entidad para no ser objeto de retención.
Estos contribuyentes deben ingresar a la página web de la DGI y obtener el ‘Certificado de Actividades Exentas del ITBMS' para que lo presenten a la entidad administradora de tarjetas de débito y crédito a la cual estén afiliados, a fin de que no les practiquen la retención del ITBMS por las ventas de bienes o prestación de servicios que realicen a sus clientes, pagadas con sus tarjetas de débito y crédito. En caso de que no puedan obtener dicho certificado en la página web, deben dirigirse a las oficinas de la DGI en avenida Balboa o a cualquiera de las oficinas regionales.