La propina es voluntaria, usted decide si la paga

Actualizado
  • 03/09/2016 02:00
Creado
  • 03/09/2016 02:00
Panamá dio un gran paso en materia de protección al consumidor, ya que prevalece el concepto de voluntariedad que reviste la propina

El 3 de agosto de 2016, fue promulgada la Ley 34 de 2016, a través de la cual se reforma la Ley de Protección al Consumidor, es ésta una de muchas reformas que requiere la Ley 45 de 2007. Ha sido un clamor de los consumidores que se mantuviera el espíritu de la propina como una gratificación que se reconoce por el buen servicio recibido y por consiguiente, voluntaria. Sin embargo, este concepto se fue tergiversando por la práctica de algunos agentes económicos que la hicieron obligatoria y fue efectiva tal imposición ante la ausencia de una disposición legal que la regulara, con lo cual, al amparo de la obligación de informar, algunos agentes económicos la impusieron a los consumidores.

Con esta nueva ley, podemos afirmar que hemos avanzado en la protección del consumidor, se ha hecho prevalecer el concepto de voluntariedad que reviste la propina, significa que oficialmente, es el fin de la imposición de la propina en las relaciones de consumo, pero toda regla tiene su excepción, en este caso son los eventos precontratados. No obstante, es innegable la conveniencia que para el consumidor representa no tener que realizar cálculos para pagar una propina, por lo que es en atención a esta comodidad, que la disposición legal no hizo desaparecer la posibilidad de sugerirla.

En todo caso, si el agente económico decide sugerir la propina, cosa que puede hacer legalmente, entonces debe utilizar un esquema que de ‘manera claramente diferenciada' muestre el total del consumo con los impuestos y el total del consumo con los impuestos y la propina sugerida. Es ésta diferenciación la que debe preservarse, siempre desde la intención de generar claridad en la información del precio con respecto al componente voluntario, que es la propina. Si existe algún elemento en la estructuración de la información del precio a pagar por el servicio, que genere confusión en el consumidor, estaríamos claramente ante una conducta prohibida por la ley y sancionable.

A pesar de la divulgación seguimos recibiendo denuncias de los consumidores, por prácticas que generan confusión, ya que, si bien se hace una diferenciación entre el total de la cuenta sin propina y con propina, ahora vemos que se utilizan letras de distinto tamaño, un total no resaltado y otro que sí lo está, en fin, esquemas que generan confusión en el consumidor y que a la luz de las disposiciones legales constituyen una violación más. Hasta la fecha hemos verificado a nivel nacional, más de 700 restaurantes, y se ha constatado la conducta denunciada en más de 50 establecimientos. De concluirse que se utilizó un esquema distinto del dispuesto en la ley o que la estructuración de la información genera confusión, se da inicio al proceso de investigación administrativa que pudiera culminar en una sanción, siendo la máxima de $25 mil.

DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

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