MICI suspende temporalmente plazos de los contratos de préstamos en las casas de empeños

Actualizado
  • 14/05/2020 11:39
Creado
  • 14/05/2020 11:39
La medida beneficia a las personas afectadas por la crisis sanitaria. Las casas de empeños no podrán modificar las tasas de interés

El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) suspendió los plazos de los contratos de préstamos con garantías prendarias en las casas de empeños por el tiempo que dure el estado de emergencia nacional.

La medida, contemplada en el Decreto Ejecutivo No. 154 del 13 de mayo y publicada en Gaceta Oficial este miércoles, también implica que las casas de empeños no podrán realizar cobro de intereses por mora, recargo, multas o penalidades que se generan por el no pago de la suma adeudada.

La norma establece que solo se podrán beneficiar de la medida las personas que se hayan afectados en sus ingresos como consecuencia de la crisis sanitaria por el Covid-19, para la cual deberán acreditar su situación ante la Dirección General de Empresas Financieras del Mici.

Las tasas de interés pactadas en los contratos no podrán ser modificadas durante el periodo del estado de emergencia nacional.

Las casas de empeños deberán prorrogar el tiempo de los contratos por el mismo periodo que dure la declaración de estado de emergencia, después que sea levantada. Además deberán convenir por mutuo acuerdo con cada cliente el plazo máximo que pagará el capital y los intereses que fueron suspendidos.

La Dirección General de Empresas Financiaras será la responsable de atender las quejas de los clientes de las casas de empeños, específicamente lo relacionado con los nuevos plazos establecidos y los intereses pactados. 

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