De los préstamos modificados a la cartera con tratamiento normal de cobro: ¿Qué implica?

Actualizado
  • 05/01/2023 00:00
Creado
  • 05/01/2023 00:00
A partir del 31 de diciembre de 2022, los bancos iniciaron la migración a la regulación del Acuerdo No. 4-2013, con lo cual ya no tendrán que reportar los créditos en la categoría de 'mención especial modificada', sino que ese remanente pasa a la gestión y administración del riesgo de crédito, una medida más 'prudencial' enfocada hacia los bancos. 'No tiene un impacto en el que ya hizo su arreglo'
Los clientes todavía tienen la oportunidad de hacer la reestructuración  de sus compromisos u obligaciones.

Desde el pasado 31 de diciembre de 2022, las entidades bancarias iniciaron la migración a la cartera de créditos modificados clasificados en la categoría “mención especial modificado” o "créditos modificados" a la cartera con tratamiento normal de cobro, es decir, con base en el Acuerdo 4 de 2013.

Pero, ¿qué implica este traslado? El superintendente de Bancos de Panamá, Amauri Castillo, explicó a La Estrella de Panamá que con el restablecimiento del acuerdo, a partir de ahora desaparece “la clasificación temporal mención especial modificado”  adoptada por la SBP como parte de las acciones para mitigar los efectos de la coyuntura de los mercados financieros y la situación de emergencia sanitaria generada por la pandemia de la covid-19.

Esto significa que al migrar a esta regulación, los bancos ya no van a tener que reportar los créditos en esa categoría aparte  de mención especial modificada, sino que ese remanente (de la cartera de préstamos modificada) va a llevarse a “ una medida prudencial, más enfocada hacia los bancos” denominada gestión y administración del riesgo de crédito, dijo Castillo.

Al mes de noviembre 2022, la cartera de préstamos modificada totalizó  $1.603 millones, lo que representa una reducción mayor con respecto al mes previo y una disminución intermensual de 38,8% ($1.016,9 millones), revela el último informe de actividad bancaria (IAB) del año, publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP).

Según el reporte, la cartera de créditos modificados se redujo a 2,7% a noviembre de 2022, lo que representa una disminución significativa de este segmento, comparado con el 47,6% registrado en julio de 2020.

Parámetros del acuerdo

El 1 de noviembre de 2022 se publicó el acuerdo 12-2022, por medio del cual se establecen los parámetros y lineamientos para el restablecimiento definitivo de la cartera mención especial modificado al Acuerdo No. 4 de 2013.

El acuerdo será aplicable a las entidades bancarias que mantengan créditos clasificados en la categoría “mención especial modificado” a la fecha de su entrada en vigor.

“El 31 de diciembre de 2022  desaparece esa clasificación (mención especial  modificada), pero lo que no va a desaparecer es la posibilidad de que los clientes puedan hacer la reestructuración de sus compromisos u obligación", afirmó Castillo.

Así, dependiendo del caso, aquellos créditos con menos de  30 días de mora pasarían a la clasificación de riesgo normal; los que tienen entre 30 y 60 días de atraso a mención especial (ya no con el calificativo de modificado).

Y así sucesivamente hasta las clasificaciones de mayor riesgo que son los créditos dudosos, que son los clientes con más de 181 días de atraso en los pagos, y los irrecuperables, con más de 270 días.

La cartera que pudiese conllevar mayor riesgo sería la de categoría de modificado dudoso y modificado irrecuperable, debido a que hasta la fecha no han podido hacer arreglos de pago, y ascienden en conjunto a $440 millones, según las estadísticas de la SBP.

“Esto implica unos temas de días de mora que no se estaban llevando a cabo en la clasificación temporal de 'mención especial modificada'.  Todos los bancos lo llevaban, pero fue suspendido. No implicaba ningún tipo de utilización de capital adicional para el manejo de estos créditos, algo que sí va a ocurrir ahora que pasan al Acuerdo 4 de 2013”, destacó Castillo.

El superintendente de Bancos de Panamá aseguró que son reglas que han puesto a los bancos para ir formalizando y de alguna manera sincerando los balances bancarios, entendiendo que fue una medida temporal,  y  que tenían una fecha de terminación, que fue el 31 de diciembre de 2022.

“Fue un acuerdo bancario  donde ya se establecen las reglas para migrar  o trasladar  esa cartera a lo que establece el Acuerdo 4 de  2013 con unas reglas que están muy claras”, aseveró Castillo.

Enfatizó en que todo esto (migración al Acuerdo 4 de 2013) es de cara a los bancos y que obviamente la audiencia, el público, el cliente, el consumidor bancario se pregunta, ¿esto cómo me afecta? 

Castillo explicó que al que ya tiene sus préstamos reestructurados no le afecta en nada, y no necesariamente  debe entenderse como que es “el fin del mundo”, pues insistió que aquellos que no han podido acercarse a su entidad bancaria o financiera para lograr una reestructuración, se pueden acercar para hacerlo y explicar su situación.

“Lo importante es que la relación, su referencia, en términos de  cumplir con sus obligaciones, se pueda  recuperar”, manifestó Castillo, aseverando que hay todavía una cartera de créditos que efectivamente  han identificado con mayor riesgo de pago y consideran son créditos que deben migrar al Acuerdo de 2013, ya en una clasificación de “dudoso o de irrecuperable”.

Precisó que de esos créditos hay un porcentaje mayormente de créditos al consumo, algo de hipotecas, pero también mucho de tarjetas de crédito  y de préstamos personales. “Estos dos últimos: tarjetas de crédito y préstamos personales, son  créditos que normalmente están al descubierto, es decir, no tienen una garantía; pero lo que hay en préstamos hipotecarios, afortunadamente, tienen una garantía, que es el inmueble, y los bancos siguen muy activos procurando que sus clientes logren un tipo de arreglo, de reestructuración”, dijo.

Reiteró en que la medida que comienza  desde el 31 de diciembre a los que ya reestructuraron sus compromisos “no les afecta en lo más mínimo”;  y lo más seguro es que aquel que se acogió a algún tipo de alivio, que logró reestructurar sus créditos, ya está al amparo del Acuerdo 4 de 2013, porque en el medio de todos estos años de pandemia han ido aprobando diferentes acuerdos que fueron dando las reglas para que se pudiera migrar.

Castillo resaltó que el acceso al crédito ha sido una de las grandes ventajas que ha tenido Panamá, porque en gran medida la gente cumple con sus obligaciones, y muchos han podido ponerse al día o llegar a esa reestructuración de la deuda.

Al preguntarle si la medida que se implementa a partir de enero del presente año aumentaría de algún  modo el monto y la tasa de interés reestructurada inicialmente con la medida de alivio,  respondió que “¡no!”, que "ese nuevo acuerdo se mantiene".

Según Castillo, eso es muy importante aclararlo porque da la sensación de que el banco me hizo un ajuste en mi tasa y a partir de enero me la va a subir nuevamente porque la había dado por un tiempo determinado. 

Dijo que aquí cada caso, obviamente, tiene sus propias particularidades, sin embargo, “esto no significa que el periodo que terminó el 31 de diciembre, ahora lo que el banco me dio me lo quita o me lo restablece  otra vez como estaba antes, ¡no!”. 

Pero para eso el cliente debió haber hecho  una reestructuración formal. “Eso es muy importante. No es que  el alivio me lo dieron y ahora me lo quitaron porque se acabó, ¡no!”, afirmó Castillo.

Otro dato que insistió es mucho más importante  es que aquel que  aún no ha logrado reestructurar sus compromisos, todavía puede hacerlo porque la reestructuración siempre ha sido una opción en pandemia  o antes de pandemia.

Obviamente que en estos casos, explicó, al banco  le va a costar más porque tiene que utilizar más de su capital regulatorio para poder llegar a una reestructuración con su cliente, y como esa reestructuración y consumo de capital adicional tienen un costo,  por supuesto,  al final lo va transferir y lo va a terminar pagando el cliente, aunque “eso siempre fue así”.

No obstante, en pandemia, la regulación 2 de 2020 y todas sus modificaciones a posteriori congelaron eso, porque si no lo hubiésemos hecho, los bancos no hubieran podido tener la flexibilidad para otorgar esos alivios a sus clientes; y la intención en todo momento fue mantener la estabilidad del sistema financiero.

“Si usted ya llegó a unos nuevos términos y condiciones, su crédito original fue modificado. Todos los créditos que fueron modificados y reestructurados en su momento  se mantienen. Esto no afecta en lo más mínimo a aquellos  que lograron modificar sus créditos, reestructurar sus créditos que tienen nuevos términos y condiciones. Los nuevos términos y condiciones es lo que pactó con el banco y si lo pactó de aquí para adelante, eso no le va a cambiar  al deudor. Eso no va a variar. No tiene un impacto con el que ya hizo su arreglo. Eso es transparente para esas personas", subrayó el superintendente.

Subrayó que ahora  no se pueden mezclar las cosas, y que a futuro en 2023 se puedan dar casos de ajustes de tasas de interés, no por la medida implementada con base en el Acuerdo 4 de 2013, sino por un tema de  presión en  términos del aumento de tasas de interés que se están dando en Estados Unidos y que a Panamá siempre llega de manera “rezagada”, no tan automática.

“Eso se puede dar, pero eso no tiene nada que ver por temas de pandemia, sino por cosas de  mercado, de la Reserva Federal”, puntualizó Castillo.

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