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- 18/06/2026 15:19
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Agrega La Estrella en Google ↗️El Órgano Ejecutivo aplazó por un año la implementación de la Ley 473 de 2025, conocida coloquialmente como la “ley de precio único”, que debía entrar en vigor a partir de este 19 de junio.
La prórroga quedó establecida en la Ley 531 del 18 de junio, la cual modifica la vigencia de la Ley 473 de 2025 (que a su vez modifica la Ley 45 de 2007 sobre la protección al consumidor y defensa de la competencia). Esta normativa fue publicada en la Gaceta Oficial Digital No. 30549 A este jueves 18 de junio de 2026.
Con la modificación del artículo 5 de la Ley 473 de 2025, la ley comenzará a regir el 1 de julio de 2027. El objetivo principal de la normativa es obligar a los comercios a mostrar el precio final de los bienes y servicios mediante la integración obligatoria de tributos como el Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Ariel Ayala, asesor de Políticas Públicas de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), explicó a La Estrella de Panamá: “nosotros hicimos reuniones con gremios de la empresa privada y empresarios donde ellos solicitaban la prórroga por temas de sistemas”.
Los gremios de la empresa privada “nos explicaron que no es tan fácil como simplemente cambiar un botón, sino que tienen que hacer configuraciones de sistema y algunos de ellos, incluso, el gobierno de datos lo tienen fuera del país, lo que hace muy difícil que se puedan hacer estas parametrizaciones y estas configuraciones”, argumentó Ayala.
La Acodeco utilizará este período de prórroga, otorgado tras la sanción de la Ley 531, para desarrollar una estrategia de capacitación dirigida a consumidores, comercios y agentes económicos.
Ayala precisó que el eje central de la entidad durante este tiempo será la educación. “Educación, educación, educación”, enfatizó al referirse a las acciones institucionales.
La estrategia incluirá seminarios, cápsulas informativas en redes sociales, contenidos digitales en el canal de YouTube de la entidad y capacitaciones presenciales. Asimismo, continuarán los seminarios internos que la Acodeco imparte en las empresas que solicitan orientación.
El funcionario indicó que la institución iniciará una campaña de capacitación sobre las responsabilidades, los derechos y las implicaciones de la Ley 473, así como sobre su régimen sancionatorio y demás disposiciones.
La iniciativa se extenderá durante este año y parte del próximo. De este modo, al entrar en vigencia la normativa, tanto los consumidores como los agentes económicos conocerán sus derechos, deberes y las consecuencias de su incumplimiento.
“Eso es lo que viene por parte de la Acodeco ahora que se ha sancionado la ya Ley de la República 531”, concluyó el funcionario.
En cuanto a la operatividad contable, la Dirección General de Ingresos (DGI) estipuló que esta medida no altera la estructura de la factura fiscal ni el desglose técnico habitual del ITBMS o el ISC.
El cambio radica estrictamente en la parametrización de los sistemas para reflejar el valor total desde el primer contacto con el cliente. “Si un producto cuesta $100 y con el ITBMS cuesta $107, entonces la factura tiene que ser por $107 y ya incluye ese 7%. El precio tiene que ser $107”, ejemplificó el funcionario.
El asesor de Políticas Públicas de la Acodeco recordó que las fallas u omisiones a las disposiciones de la Ley 473 serán procesadas bajo el régimen sancionatorio de la Ley 45 de 2007. El reglamento faculta a la institución para aplicar medidas correctivas que van desde amonestaciones escritas hasta multas de $25 mil, calculadas según la gravedad de la falta y la reincidencia del agente económico.