Voz de mujer

El ‘Amicus Curiae’

Actualizado
  • 24/12/2023 00:00
Creado
  • 23/12/2023 19:19
En Panamá esta figura se menciona por primera vez en 2013 con la Ley 82, que en su artículo 35 establece que las organizaciones que luchan contra la violencia hacia las mujeres podrán participar con representación o con escritos de amicus curiae en los casos relacionados con el tema

“El silencio de los corderos sólo sirve a los lobos”. El amicus curiae es una forma de acabar con ese silencio de los corderos, para que no ganen los lobos. Amicus curiae significa en latín “amigo de la corte” y se refiere a una persona o entidad que no es parte en un caso judicial, pero que ofrece información o argumentos al tribunal con el fin de influir en la decisión del caso. Los amicus curiae son terceros neutrales que no son parte en el caso judicial, pero que tienen un interés directo en el resultado del caso y la cuestión legal que está en juego, ya sea porque tengan conocimientos especializados, porque quieran provocar un cambio en la forma general en que piensa la sociedad, o quieran defender un interés común de la sociedad.

La participación de amicus curiae es común en casos de alto perfil, complejos, o que tienen implicaciones importantes para el público en general. Estos amigos de la corte presentan escritos o argumentos legales que proporcionan información adicional, perspectivas diversas o análisis especializados que pueden ayudar al tribunal a tomar una decisión más informada.

La decisión de permitir la participación de amicus curiae generalmente queda a discreción del tribunal. Sin embargo, es importante que los juzgadores sepan que su contribución puede ser valiosa para garantizar una deliberación más completa y equitativa, tanto sobre cuestiones legales como técnicas. Su origen es antiguo, pero se ha seguido utilizando en diversas jurisdicciones a lo largo del tiempo.

La figura del amicus curiae tiene sus raíces históricas en el sistema legal romano, donde se permitía a personas ajenas al caso presentar argumentos legales al tribunal. En el sistema de derecho consuetudinario o Common Law, en países como Estados Unidos y el Reino Unido, la figura del amicus curiae ha sido utilizada durante mucho tiempo. En Estados Unidos, por ejemplo, la participación de amicus curiae está permitida en la mayoría de los tribunales federales y estatales. En sistemas legales de tradición continental europea, como el sistema legal alemán, francés e italiano, la figura también ha sido adoptada en ciertos casos, aunque la extensión y la forma específica pueden variar.

La figura del amicus curiae se utiliza en el Derecho internacional sobre todo en casos de gran relevancia y complejidad, donde diferentes partes pueden tener interés en expresar sus opiniones o proporcionar información útil para la toma de decisiones en temas que el juzgador no domina.

Entre los casos conocidos por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) donde se presentaron escritos como amicus curiae, tenemos el caso de la Construcción del Muro en el Territorio Palestino Ocupado (2004) y en el de las Actividades Armadas en el Territorio de la República Democrática del Congo (2011). En cuanto al Tribunal Penal Internacional (TPI), se presentaron amicus curiae en el caso Prosecutor vs. Germain Katanga (2009), para la ex Yugoslavia (TPIY) y en el caso Prosecutor vs. Dusko Tadic (1996).

La práctica de permitir la participación de amicus curiae ha ido evolucionando con el tiempo y puede variar en términos de su alcance y regulación en diferentes jurisdicciones. En muchos sistemas legales contemporáneos se reconoce la importancia de permitir la intervención de terceros neutrales para proporcionar información adicional y diversas perspectivas en casos judiciales.

En Panamá la figura del Amicus Curiae se menciona por primera vez en 2013 con la Ley 82, que en su artículo 35 establece que las organizaciones que luchan contra la violencia hacia las mujeres “podrán participar con representación o con escritos de amicus curiae en los casos relacionados con el tema”. Cuando se discutió la ley hubo algo de extrañeza, ya que en Panamá esta figura se conocía poco, pero finalmente fue aceptada, ya que en el Derecho Internacional hay numerosos ejemplos de su utilización.

En diciembre de 2017 por primera vez se presentó en el país un recurso de esta naturaleza, por parte de la Central General Autónoma de Trabajadores de Panamá (CGTP), dentro del proceso de apelación por el femicidio de Elibeth Zentner, con el fin de exponer opiniones y apreciaciones.

Sin embargo, esto no obsta para que no se aplique en casos relacionados con cualquier otro tema. Tenemos como ejemplo los “alegatos finales” que presentaron 90 juristas a la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Ley 406 de 20 de octubre de 2023, que aprobó el Contrato Minero. El Código Judicial establece que cualquier interesado puede hacer uso de su derecho de argumentación en un negocio constitucional. Estos “alegatos” no son más que escritos de “amigos de la Corte”, dando opiniones sobre un tema que era de alta relevancia para nuestro país.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus