SBP refuerza las normas de gobierno corporativo

Actualizado
  • 10/04/2023 00:00
Creado
  • 10/04/2023 00:00
El proceso, que se encuentra dentro de la Ley Bancaria, se da a fin de establecer los lineamientos básicos que permitan a las entidades adoptar las medidas o mecanismos relacionados a integridad y ética
La Superintendencia de Bancos de Panamá es el ente regulador del sector financiero.

La Superintendencia de Bancos de Panamá realizó modificaciones al Acuerdo No. 005-2011 que habla sobre gobierno corporativo dentro de la Ley Bancaria.

El proceso se da a fin de establecer lineamientos básicos que permitan a las entidades adoptar las medidas o mecanismos sobre integridad de sus accionistas, miembros de la Junta Directiva, la alta gerencia y el personal clave del banco.

La primera medida habla de la adición al artículo 3-A que trata de la integridad de los accionistas, miembros de la junta directiva, gerencia superior y personal clave.

Idoneidad y reputación

El nuevo artículo exige a las entidades bancaria y la propietaria de acciones bancarias de bancos, que estén bajo la supervisión de la SBP, “asegurarse que sus accionistas, miembros de la junta directiva, la alta gerencia y el personal clave de la entidad cuenten en todo momento con reconocida idoneidad, reputación, solvencia moral y económica, con independencia de la naturaleza, complejidad y perfil de riesgos de la entidad”.

Para tales efectos, deberán adoptar políticas de integridad, procedimientos y mecanismos de control aprobados por la junta directiva que, de forma continua, les permita identificar, evaluar y monitorear la reputación, solvencia moral y económica de su gobierno corporativo, así como cualquier persona natural o jurídica vinculada jurídicamente con alguno de éstos.

Lo anterior se da con la finalidad de mitigar los riesgos que puedan afectar la continuidad de la operación del banco o poner en riesgo los fondos de sus depositantes, y que puedan afectar la estabilidad, sostenibilidad, reputación, seguridad del banco, del grupo bancario o del sistema bancario, se lee en el Acuerdo No. 002-2023 (de 28 de marzo de 2023).

En el evento de algún incumplimiento de integridad definidos en sus políticas, según sea el caso, el banco deberá tomar las medidas establecidas en la misma e informar inmediatamente a la SBP sobre los motivos que sustentaron la medida tomada.

Tareas y políticas

La SBP ejecutó modificaciones al artículo 13 para establecer responsabilidades y tareas para la junta directiva relacionadas a seguridad, ambiente regulatorio, sistema de control interno, condiciones de trabajo, cultura organizativa, etc.

De igual forma modificó el artículo 27 que rige las normas de Requisitos de Gobierno Corporativo para las propietarias de acciones bancarias.

Con este cambiose busca garantizar la orientación estratégica del grupo bancario, el control efectivo de la junta directiva y la responsabilidad de esta frente al grupo y los accionistas. Para tales efectos, la junta directiva de estas propietarias deberá asegurarse que se establezcan adecuadas y sanas prácticas de gobierno corporativo a nivel de grupo y, en consecuencia, tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades, como:

Establecer las políticas, principios, normas y procedimientos de control interno que garanticen una adecuada gestión de los riesgos a nivel del grupo.

Asegurarse de que exista una debida transparencia en cuanto a la veracidad,confiabilidad e integridad de la información financiera y de las operaciones del grupo.

Velar por la salud financiera del grupo.

Mantener a disposición de esta superintendencia, cuando así lo requiera, información acerca de sus operaciones o actividades.

Desarrollar e implementar políticas apropiadas para el tratamiento

La SBP informó que los bancos tendrán un plazo de adecuación de nueve meses para el cumplimiento del presente Acuerdo, contados a partir de su promulgación.

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