Un ajuar funerario de un gran señor enterrado en una tumba de más de mil años de antigüedad en El Caño, un sitio arqueológico situado en la zona central...
Estados Unidos sostiene que el tratado de extradición de 1922 con Venezuela sigue vigente pese a prohibición constitucional
- 21/02/2026 09:53
El Gobierno de Estados Unidos considera que el tratado bilateral de extradición firmado con Venezuela en 1922 sigue plenamente vigente y constituye la base legal para plantear solicitudes de entrega de personas acusadas o condenadas por delitos graves, a pesar de que la Constitución venezolana prohíbe expresamente la extradición de nacionales.
Según fuentes oficiales estadounidenses consultadas por el corresponsal del diario ABC de España, David Alandete en Washington, el texto del tratado establece que ambos países pueden pedir la entrega de personas acusadas o condenadas por una serie de delitos graves, entre ellos asesinato, secuestro, robo, fraude, malversación y falsificación, entre otros.
El documento también excluye expresamente los delitos políticos, y contiene un principio clave de especialidad: la persona extraditada solo puede ser juzgada por los hechos que motivaron su entrega.
Además, el tratado, firmado en la ciudad de Caracas el 19 de enero de 1922 y ratificado en 1923, es uno de los instrumentos internacionales que, en opinión de Washington, sigue proporcionando una base jurídica para las peticiones de entrega de fugitivos entre Estados Unidos y Venezuela.
No obstante, el tema ha generado controversia porque la actual Constitución de Venezuela prohíbe la extradición de ciudadanos venezolanos de forma absoluta, y esta prohibición ha sido interpretada por constitucionalistas y sectores políticos en Caracas como incompatible con cualquier solicitud de entrega basada en tratados antiguos.
Esa prohibición constitucional coloca al sistema judicial venezolano en un punto de tensión entre las normas internas y los compromisos internacionales suscritos hace más de un siglo.
Un punto especialmente destacado por las fuentes diplomáticas es que el tratado de 1922 no obliga a ninguna de las dos partes a entregar a sus propios ciudadanos, lo que, según Estados Unidos, permite conciliar en parte las restricciones constitucionales venezolanas con las prácticas de cooperación judicial internacional vigentes.
La judicialización de las solicitudes de extradición —es decir, la intervención de tribunales competentes para decidir sobre la procedencia de los pedidos— se ha señalado como la clave para administrar estos casos en el marco del derecho internacional y respetando las garantías previstas en la legislación interna de ambos países.