Almengor sale al paso de publicación de El Siglo

El Secretario de Seguridad de la Presidencia de la República y aspirante a Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, José Abel Almengo...

El Secretario de Seguridad de la Presidencia de la República y aspirante a Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, José Abel Almengor, habló esta mañana en Canal 21 en reacción al contenido de una nota aparecida en el diario El Siglo, en la cual se publicaba parte del fallo de la Corte Suprema que reprendía a Almengor por haber mantenido en detención a un ciudadano por 6 meses en la cárcel de La Chorrera, sin una orden que justificara la medida.

Almengor argumentó que el periodismo debe ser más responsable y no publicar este tipo de noticias. Lamentó que se haya hecho justo en este momento, cuando aspira a la Corte Suprema de Justicia; y afirmó que la publicación omite la resolución en la cual él resulta exonerado de toda responsabilidad, porque la orden de detención fue girada por otro fiscal. “Por esta razón hay que hacer denuncias más responsables y no este tipo de noticias”, insistió.

Por otro lado, el ex fiscal de drogas planteó que todo lo que se publique en las páginas web -de los medios- sobre los candidatos a Magistrados de la Corte debe ir firmado, y no de manera anónima; como lo establece el decreto de Gabinete comunicado hace escasos días, donde se señala que cualquier persona que tenga que decir o aseverar algo sobre los candidatos a la Corte, debe hacerlo por escrito, con su nombre, cédula e identificación, y no realizar acusaciones o imputaciones anónimas que están bajo un prisma y que tratan de esconder a los reales autores de las mismas.

La Estrella Online tuvo acceso a la Resolución de Gabinete #147 del 17 de noviembre de 2009, que adiciona un artículo a la Resolución de Gabinete #121 del 18 de septiembre de 2009, modificada por la Resolución de Gabinete #133 del 13 de octubre de 2009, “que reglamenta el procedimiento para acordar los nombramientos de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de sus respectivos Suplentes, con sujeción a la aprobación de la Asamblea Nacional.

Esta resolución agrega un artículo que establece las formalidades que deben cumplir las opiniones que se presenten respecto a los distintos aspirantes a Magistrados de la Corte y sus Suplentes ante la Comisión Especial de Credenciales, que según el artículo 7 de la Resolución #121 del 18 de septiembre de 2009, debe recibir “todas las opiniones que por escrito se presenten respecto a los aspirantes y compendiarlas en un informe dirigido al Presidente de la República”.

La aludida Resolución, ni las que la modifican hacen observación alguna sobre opiniones vertidas -anónimas o no- en otros espacios que no sean específicamente las que se entreguen a la Comisión Especial de Credenciales, la cual establecerá y comunicará el periodo para recibir las opiniones que cumplan con las formalidades que establece la mencionada resolución. ''

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