Descontento por el depósito de garantía

Actualizado
  • 23/12/2014 01:00
Creado
  • 23/12/2014 01:00
Para estos efectos, el cobro del depósito se incluirá en la facturación

Los clientes de ENSA han expresado su descontento con el depósito de garantía estipulado en los artículos 28 y 32 del Régimen de Suministro de Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), mediante el cual la empresa retiene un promedio de su consumo mensual.

No obstante, la empresa ENSA asegura que aquellos que se mantengan al día con el pago de su factura y acumulen durante un año un ‘buen historial’ podrán recibir un reembolso de esta garantía.

Según el artículo 28, los clientes de buen historial son aquellos que no han excedido la fecha de vencimiento en el pago de su factura más de tres veces en un periodo de doce meses consecutivos, y, nunca, en el mismo periodo, se les ha suspendido el servicio por falta de pago.

El artículo 32, por su parte, apunta que en caso de que, en el transcurso de la relación comercial, el cliente pierda su buen historial de pago, la empresa distribuidora podrá solicitar un depósito de garantía nuevamente.

Para estos efectos, el cobro del depósito se incluirá en la facturación.

El depósito podrá ser devuelto al cliente nuevamente una vez vuelva a adquirir la calidad de buen historial de pago en los mismos términos indicados anteriormente.

En este caso, sin embargo, el término de un año comenzará a contarse desde la fecha en que se consignó el depósito.

El depósito de garantía se aplica a todos los clientes nuevos con base a un estimado de su consumo mensual.

También aplica a todos aquellos clientes a los que se le reintegró tras haber establecido un buen historial de pago y lo han perdido en un periodo posterior.

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