Las vallas publicitarias ceden espacio en la ‘nueva capital'

Actualizado
  • 19/11/2016 01:00
Creado
  • 19/11/2016 01:00
Tramos de seis principales avenidas del centro de la ciudad, así como dos áreas de patrimonio histórico, fueron declarados libres de anuncios o estructuras publicitarias

La congestión visual por vallas publicitarias en lugares públicos ya no será un problema en ocho zonas del distrito capital. En septiembre de 2015, mediante el Acuerdo Municipal N° 138, el Consejo Municipal de Panamá declaró siete avenidas y dos sitios históricos libres de anuncios o estructuras de vallas publicitarias.

La restricción fue precisada en el Acuerdo Municipal N° 254 del 24 de octubre de 2016, en vista de que en el Acuerdo N° 138 la delimitación de algunas avenidas se hizo de ‘forma muy general que imposibilitaba la determinación precisa del inicio y final de las áreas'.

‘LO IDEAL ES QUE TODA LA CIUDAD DE PANAMÁ ESTÉ LIBRE DE VALLAS PUBLICITARIAS',

MANUEL TRUTE

DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN

El Acuerdo N° 254 solo modifica el artículo 73 del Acuerdo Municipal N° 138, mediante el cual se regula la instalación, uso y control de las estructuras y anuncios de publicidad exterior en el distrito de Panamá.

Aunque no es la primera vez que en el distrito capital existe una regulación de esta naturaleza, la nueva norma amplía las áreas libres de publicad exterior.

Para el arquitecto y director de Planificación Urbana de la Alcaldía de Panamá, Manuel Trute, lo ideal es que toda la ciudad esté libre de estas estructuras.

Pero más allá de lo ideal, Trute alegó que la nueva normativa busca ‘poner orden' en materia de publicidad exterior de la ciudad. Hasta el año pasado, cuando se emitió el Decreto N° 138, existía una norma muy ambigua que permitía la proliferación de vallas con pocos controles.

‘Se había generado altos niveles de contaminación visual y expropiación de espacios públicos para fines comerciales. Había una ciudad con mucha publicidad porque la norma lo permitía', dijo. Trute se refiere al Acuerdo Municipal N° 72 del 26 de junio de 2000, que fue derogado con la nueva regulación.

La norma derogada contemplaba áreas libres de anuncios, sin embargo, poco se cumplía. Las áreas revertidas también tienen esa prohibición, aunque por una norma emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

En los lugares donde se permiten las estructuras publicitarias, el Acuerdo establece regulaciones en cuanto a las distancias y dimensiones.

La Alcaldía de Panamá sustentó la prohibición en que los lugares son de alta densidad residencial. En el caso de avenida Balboa y Cinta Costera, explicó José Isturaín, subdirector de Planificación de la Alcaldía, es por ser residencial y su cercanía al mar.

Sin embargo, una valla que ha sido cuestionada por su impacto visual en toda la Cinta Costera, por el momento, no será removida. Se trata de la pantalla gigante que está colocada en el centro comercial Multicentro.

Trute dijo que por un ‘tema contractual' no será eliminada, pero que en el futuro se analizará la medida. La pantalla está fuera de las áreas declaradas libres de estructuras y anuncios publicitarios.

El Acuerdo N° 138 regula las estructuras o pantallas digitales. ‘Todas las estructuras o pantallas digitales dentro del distrito de Panamá deberán contener controles de atenuación sensible a la luz que permitan el ajuste de la luminosidad de la pantalla digital en correlación directa con las condiciones de iluminación ambiental', señala la norma municipal.

La norma prohíbe los movimientos ‘bruscos' en los mensajes o anuncios que se pasan por las pantallas digitales.

‘EL ÚNICO ANUNCIO QUE SE DEBE PERMITIR ES PARA SEÑALIZAR EL TRÁFICO VEHICULAR',

GERÓNIMO ESPITIA

ARQUITECTO URBANISTA

El arquitecto urbanista Gerónimo Espitia, aunque se alegra por la medida tomada por las autoridades municipales, señala que la regulación no era necesaria porque existe una norma similar aplicada a todo el país, que prohíbe la colocación de vallas en servidumbre pública. ‘Solo es cuestión de aplicar la normativa existente', dijo.

A juicio del arquitecto, los únicos anuncios publicitarios que se pueden colocar sobre servidumbre público son sobre señalizaciones de tránsito.

Sin embargo, sobre áreas privadas se pueden colocar vallas publicitarias y el Acuerdo Municipal N° 138 regula el uso de estos espacios privados.

No obstante, en las avenidas y zonas declaradas libres de vallas, la prohibición también incluye las áreas privadas. A pesar de esto, en la avenida Balboa existen varias vallas que violan la prohibición.

La oficina de Relaciones Públicas de la Alcaldía dijo que existe un proceso para eliminar las vallas ubicadas dentro de las áreas declaradas libres de contaminación visual.

Datos que han sido suministrados por autoridades locales, señalan que en el distrito capital existen unas 15 mil vallas ilegales que deben ser eliminadas.

El numeral 5 del artículo 36 del Acuerdo establece una distancia de 200 metros entre una valla y otra colocadas en azoteas de edificios, y solo se permite una por edificio. ‘En ningún caso el anuncio podrá exceder la altura máxima permitida según las normativas urbanas para edificaciones', señala.

El Acuerdo Municipal también establece dos ‘nodos publicitarios', donde no aplicarán las regulaciones sobre la colocación de vallas o estructuras públicitarias. Los nodos están ubicados sobre un tramo de la calle 50 y de la vía España.

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