ACPC Línea 1 impugna a dos consorcios que se disputan extensión del Metro

Actualizado
  • 04/06/2019 02:02
Creado
  • 04/06/2019 02:02
El Consorcio asegura que la Comisión Evaluadora incurre en una violación de la ley de contrataciones públicas, que señala que se deben seguir los criterios de evaluación y ponderación que sean estipulados en el pliego de cargos

El Consorcio ACPC Línea 1 conformado por las empresas Acciona y Power China, presentó ante la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), una acción de reclamo contra el informe de la Comisión Evaluadora dentro del acto público No. 2018-2-80-0-08-LS=1760, convocado por el Metro de Panamá.

En la acción de reclamo, que fue admitida ayer, se solicita que se ordene la suspensión del acto público a la licitación por mejor valor, en la cual se determinó que el Consorcio Línea Panamá Norte fue el que logró el mejor puntaje en esta licitación.

El consorcio que impugna pide que se ordene a la Comisión Evaluadora una nueva verificación de la evaluación de las propuestas, tras advertir que al menos dos proponentes no cumplen a cabalidad con los requisitos mínimos exigidos en el pliego de cargos y el texto único de la Ley de Contrataciones Públicas, y ‘por ende deben ser descalificados'.

Objeciones

El reclamante señala que los consorcios Línea Panamá Norte, conformado por las empresas española OHL y la portuguesa Mota Engil, y el Consorcio Villa Zaíta, integrado por las empresas Norberto Odebrecht, FCC Construcción y Operadora Cicsa), no cumplen con lo solicitado por el Metro de Panamá en cuanto a los requisitos mínimos del pliego de cargos y sus respectivas adendas.

Añaden que, por ejemplo, el Consorcio Línea Panamá Norte adolece de una falta de claridad marcada en cuanto a la firma propuesta como la persona designada o representante legal del consorcio, ‘que invalida toda la propuesta'.

Destaca también que este consorcio no cumple con la información completa en el formulario RL-1; es decir, que no detalla el listado completo de las empresas que se proponen contratar.

De igual manera, indica el reclamante que este consorcio presenta información ‘incongruente y confusa' relativa a los documentos administrativos de la propuesta técnica.

También cuestiona que se omita ‘arbitrariamente y en contravención' con el pliego de cargos consolidado, la debida legalización de los estados financieros del año 2015 de la empresa OHL -Obrascon Huarte Lain S.A.- que provienen del extranjero, y considera que al no darse la legalización de estos documentos provenientes se debió haber procedido a la descalificación.

Tampoco, según el impugnante, el consorcio señalado, no cumple con los requisitos establecidos para lo que es el personal que se propone ocupar los cargos claves gerenciales.

Consorcio Villa Zaíta

Con relación al Consorcio Villa Zaíta, el reclamante señala que éste no cumple el compromiso con la transparencia fijado en el pliego de cargos, que señala que los proponentes deben presentar el formulario RL-5 que obliga a presentar una carta de compromiso con la transparencia firmado por el representante legal o apoderado del proponente en la que declare bajo gravedad de juramento que todas sus actuaciones respetarán el principio de transparencia que rige los procedimientos de la contratación pública.

Además cuestiona que el Consorcio Villa Zaíta no cumple con el requisito de carácter administrativo legal que estipula que se debe presentar información general de cada una de las empresas que componen el consorcio, al estipularse información sobre el consorcio cuando éste no se encontraba constituido aún.

Destaca quien impugna que el Consorcio Villa Zaíta omite arbitrariamente y en contravención con el pliego de cargos las traducciones del sello en idioma portugués de la apostilla emitida en Brasil y cada uno de los sellos, tanto del Colegio Notarial de Brasil como en la notaría de en los estados financieros de 2015 de la empresa Constructora Norberto Odebrecht.

La plantilla electrónica de Panamá Compra señala que en caso de que parte de la documentación estuviese en un idioma distinto al español, la misma deberá ser traducida por un traductor público autorizado en la República de Panamá.

‘En consecuencia, los estados financieros de 2015 de Constructora Norberto Odebrecht son inválidos y en consecuencia la propuesta del consorcio Villa Zaíta debió ser descalificada', señala el reclamante.

DGCP admite reclamo contra informe de Comisión Evaluadora

ARGUMENTOS

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) admitió un segundo reclamo presentado por el Consorcio Villa Zaíta en contra del informe de la Comisión Evaluadora en la licitación para la extensión de la línea 1 del Metro de Panamá hasta Villa Zaíta, donde la empresa OHL logró la mejor puntuación.

La DGCP había rechazado un primer reclamo presentado por el Consorcio Villa Zaíta el pasado 29 de mayo, pero ayer admitió un segunda acción luego de que este consorcio aportara documentación que no había sido presentada en el primer recurso legal y que no consta que hayan sido publicadas en el Sistema Electrónico PanamaCompras, puesto que aún no se refleja en él la publicación de las propuestas y la documentación adjunta a ellos.

La DGCP determinó que, de acuerdo con los argumentos planteados por el reclamante, estima conveniente hacer el análisis del expediente administrativo del acto, a fin de corroborar los hechos expuestos por el reclamante.

En tal sentido, la DGCP ordenó la suspensión del acto descrito y la remisión a esta Dirección del Expediente Administrativo del Acto Público dentro de un término no mayor de tres días hábiles.

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