Caso 10,573: lo que significa el informe de la CIDH para Panamá

Actualizado
  • 08/05/2020 00:00
Creado
  • 08/05/2020 00:00
Como la historia de David y Goliat, un grupo de panameños víctimas de la invasión de 1989 a Panamá logró que la CIDH le diera la razón, en contra de Estados Unidos, por el uso excesivo de la fuerza y las violaciones a derechos humanos y al derecho internacional

Este 10 de mayo se cumplen 30 años desde la presentación del caso de las víctimas de la invasión de Estados Unidos a Panamá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos. Se trata del caso 10,573: José Isabel Salas Galindo y otros vs. Estados Unidos.

El 20 de diciembre fue declarado día de duelo nacional en 2019, pero con jornada laboral ordinaria y sin el cierre de oficinas públicas y privadas.

El caso llegó a la CIDH de la mano de Gilma Camargo, abogada panameña que en diciembre de 1989 estudiaba en Estados Unidos, y el abogado puertorriqueño José Luis Morín, quien con ayuda del Centro por los Derechos Constitucionales presentó el caso ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos el 10 de mayo de 1990. De acuerdo con Camargo, la sensibilidad de Morín a las consecuencias del colonialismo en Puerto Rico, su visión de seleccionar la CIDH como el foro apropiado para presentar el caso y su relación personal con las víctimas lo convirtieron en pieza clave en todo el proceso.

El caso incluye como víctimas a las 272 personas nombradas inicialmente, otras 35 que se sumaron después y las que se sumen posteriormente. Sin embargo, el caso elegido “para dar contexto visual a la colectividad” –en palabras de Camargo– fue el asesinato de Dionisia Meneses Castrellón de Salas, quien murió por el impacto de un misil el 22 de diciembre en la provincia de Colón.

Su esposo José Isabel Salas Galindo, un obrero colonense que murió antes de que el informe final de la CIDH viera la luz, se unió al proceso desde el inicio dándole el nombre oficial al caso 10,573: “José Isabel Salas vs. Estados Unidos”. El caso fue admitido por la comisión el 14 de octubre de 1993.

El camino recorrido fue largo y aún no termina. Tras años de sacrificio personal, profesional y económico, y sin ayuda de ningún gobierno postinvasión ni de apoyo estatal panameño, Camargo y las víctimas lograron un caso sólido ante la CIDH. A pesar del “control del gobierno, la colaboración de la élite y el dominio de las fuerzas militares panameñas”, entre otras cosas que denuncia la jurista internacional, la CIDH concluyó que Estados Unidos violó los artículos I (derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad de la persona), el VII sobre la protección a la maternidad y la infancia, el XXIII sobre el derecho a la propiedad privada, el XVIII sobre el derecho a la justicia; todos de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, además de violaciones al derecho internacional, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario por el uso letal de armas y la falta de protección a la población civil y no combatiente en las áreas de conflicto armado.

José Isabel Salas(Q.E.P.D) fue el demandante número 1 en el caso ante la CIDH”

Tras años de investigación, documentación y verificación de los casos, el 6 de diciembre de 2017 la CIDH emitió la recomendación de reparar integralmente a las víctimas y realizar una investigación completa e independiente. En marzo de 2018, Estados Unidos objetó lo que llamó “las recomendaciones no vinculantes del informe” por “la forma en que la CIDH interpretó y aplicó el derecho sobre conflictos armados” y el derecho a indemnización de las víctimas en un conflicto armado internacional porque “el único instrumento internacional relevante para Estados Unidos, en cuanto a peticiones ante la CIDH, es la Declaración Americana, que no abarca la ley convencional de conflicto armado”.

Para el abogado panameño Enrique Illueca, quien acompañó a Camargo a la última audiencia, el país no ha reaccionado acorde a la magnitud del fallo. En su opinión, la Cancillería panameña debería incorporar el tema en la agenda bilateral que tiene con Estados Unidos para promover el entendimiento de cara a cumplir con las recomendaciones de la CIDH. La presión diplomática va a ser clave en la consecución de la parte resolutiva del informe, añadió el abogado. “Es una victoria jurídica para los panameños, un informe que se está estudiando en academias alrededor del mundo por su singularidad”.

Incluso, Camargo adelantó que la familia del fotoperiodista español Juantxu Rodríguez, que fue asesinado durante la invasión a Panamá, se adhirió al caso y que el informe fue solicitado por el Parlamento Español para su estudio.

Yolanda de Varcasía, vecina de El Chorrillo, ayudó a Camargo a documentar el caso y por 30 años ya se ha encargado de coordinar las acciones especialmente con las víctimas de El Chorrillo, el 'barrio mártir' destruido en más de un 75%. Ella confesó haber perdido la confianza en los gobiernos. “Nadie se atreve a decirle a Estados Unidos que tiene que pagar una deuda por haber utilizado a Panamá como un pequeño laboratorio para pruebas químicas y bélicas”, espetó.

Lo que sigue es la actualización de los daños sufridos por las víctimas, la inclusión de nuevos casos y la preparación de una propuesta sólida para la indemnización material e inmaterial de las víctimas. Un camino nada fácil, advierte Camargo, que ni siquiera cuenta con un lugar fijo para atender a las víctimas. Aun así, a la última audiencia llegaron 10 abogados del Departamento de Estado y el Pentágono, que al final se declararon en desventaja ante las contundentes evidencias presentadas en su contra, lo que a juicio de la jurista demuestra “que tenemos la capacidad y la estrategia para lograr el cumplimiento de la ley, aunque se trate de Estados Unidos”.

En el prólogo que escribió la jurista para la versión de los informes que fueron replicados por la Universidad de Panamá, anota que la de 1989 no es la primera intervención militar de Estados Unidos a Panamá, pero sí la más sangrienta y brutal. “Intentamos con este caso crear las condiciones para que sea la última”.

Recomendaciones de la CIDH
reparaciones

En el informe final sobre el caso, la CIDH recomienda a Estados Unidos reparar integralmente las violaciones de derechos humanos acreditadas en el informe, tanto en el aspecto material como inmaterial, además de adoptar las medidas de compensación económica y satisfacción.

Para esto, el Estado “debe crear, a la brevedad, un mecanismo especial, por iniciativa propia e independiente de las iniciativas que pudiese tomar el Estado panameño, a fin de que se materialicen las reparaciones aplicables a cada grupo de víctimas, considerando la naturaleza de las violaciones”. En cuanto a las víctimas ya fallecidas, las reparaciones deberán ser reconocidas a sus familiares o herederos, según sea el caso.

Tomando en cuenta que las víctimas no se encuentran en la jurisdicción territorial de Estados Unidos –añade el informe–, la CIDH instó a desplegar todos los esfuerzos diplomáticos necesarios para materializar las indemnizaciones, además de disponer las medidas de atención en salud física y mental necesarias para la rehabilitación de las víctimas que así lo requieran, o pagarles un monto específico para cubrir esos servicios médicos donde se encuentren.

Por otro lado, la CIDH pide a Estados Unidos realizar una investigación “de manera diligente, efectiva y dentro de un plazo razonable con el objeto de esclarecer plenamente los hechos en forma completa, identificar todas las posibles responsabilidades e imponer las formas correspondientes de sanción respecto a las violaciones de derechos humanos documentadas.

Caso de José Isabel Salas y otros vs Estados Unidos

Lo Nuevo
comments powered by Disqus