Panamá no cumple con estándares para eliminar la trata
Panamá no cumple con los estándares mínimos para eliminar la trata; sin embargo, está haciendo esfuerzos significativos para lograrlo. Así se resume un informe de la Oficina de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos, que evalúa los esfuerzos de 188 países para combatir el flagelo social.

Panamá no cumple con los estándares mínimos para eliminar la trata; sin embargo, está haciendo esfuerzos significativos para lograrlo. Así se resume un informe de la Oficina de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos, que evalúa los esfuerzos de 188 países para combatir el flagelo social.
El Departamento de Estado de Estados Unidos reconoce que el país incrementó sus esfuerzos para combatir la trata de personas: identificó a más víctimas y condenó y penalizó a dos tratantes.
Panamá, además, apoyó el derecho de las víctimas a recibir restitución de los tratantes, brindó apoyo adicional de alimentos y artículos de higiene durante la pandemia y realizó una revisión de sus propios esfuerzos en el manejo del flagelo.
Sin embargo, las autoridades investigaron a menos tratantes. Las estadísticas del gobierno indican que la mayoría de las víctimas reportó su explotación, ellas mismas.
El gobierno tampoco enmendó la ley contra la trata de personas para retirar el requisito de “traslado” para constituir un delito de esta tipología.
Lo que no se hizo
Esto –según el documento– afincó los conceptos erróneos de trata y condicionó los esfuerzos en contra del flagelo.
“Las agencias de aplicación de la ley investigaban los casos de trata interna inadecuadamente”, establece el informe.
El Departamento de Estado de Estados Unidos también critica que los enjuiciamientos disminuyeron ligeramente.
El artículo 456 del Código Penal no penalizó todas las formas de trata sexual y laboral, ya que requería traslado para constituir un delito de trata.
De forma inconsistente con las leyes internacionales, la nacional estableció que el uso de la fuerza, el fraude o la coerción son factores agravantes, no elementos esenciales del delito.
Sumado a lo anterior, el informe explica que la ley panameña define la trata de personas de forma amplia e incluye la adopción ilegal, sin que el propósito de esta sea la explotación, lo cual no es consistente con las leyes internacionales.
Otro de los puntos que destaca el documento es que el gobierno acusó a algunos tratantes sexuales de delitos no relacionados a la trata, los cuales conllevan una condena menor.
Los números hablan
Las autoridades iniciaron 10 investigaciones de trata (5 por trata sexual, 3 por trata laboral y 2 por explotación, no especificada) que involucraron a 4 sospechosos, en comparación con 29 investigaciones (21 por trata sexual y 8 por trata laboral) que involucraron a 16 sospechosos en 2020 y 5 investigaciones (4 por trata sexual y 1 por trata laboral) que involucraron a 12 sospechosos en 2019.
Las autoridades enjuiciaron a 2 por trata sexual, en comparación con 3 en 2020, 10 en 2019 y 12 en 2018. Un tratante acusado estaba a espera de juicio en un caso iniciado antes de 2021.
El gobierno condenó a 2 tratantes sexuales, en comparación con condenas a 3 tratantes en 2020, 13 en 2019 y 8 en 2018.
Recomendaciones
Observadores informaron que la falta de guías de procedimientos para los jueces y fiscales no familiarizados con casos de trata, ocasionalmente impedía condenas exitosas.
Es prioridad la capacitación a los funcionarios gubernamentales en la identificación de víctimas, y capacitar a los jueces para que entiendan la importancia de la restitución financiera en los casos de trata, recomienda la instancia estadounidense.
El Departamento de Estados Unidos pidió asignar fondos para servicios especializados de víctimas, incluyendo mediante el fondo especial para víctimas de trata y apoyo financiero a las organizaciones de la sociedad civil.
Es necesario capacitar a agentes de aplicación de la ley y a los fiscales en la investigación y el enjuiciamiento de tratantes utilizando el delito de trata en vez de utilizar un delito menor.
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