Ecologista denuncia omisión de funciones públicas en caso de barcos hundidos

Actualizado
  • 14/02/2023 08:51
Creado
  • 14/02/2023 08:51
En la actualidad existe una exagerada cantidad de buques hundidos, semihundidos y carcasas varadas en las costas de Panamá y Colón
La AMP es la responsable de darle tratamiento a las naves.

El abogado ecologista Harley Mitchell Morán hizo de conocimiento público la exagerada cantidad de buques hundidos, semihundidos y carcasas varadas en las costas de Panamá y Colón.

Según el especialista, el fenómeno se conoce legalmente como “especie náufraga”, definida en el artículo 3 de la Ley No. 266 de 23 de diciembre de 2021, como “toda nave hundida, semihundida o varada, o artefacto naval que esté en peligro inminente de hundirse, o cualquier parte de su estructura, o aparejo, como anclas, cadenas y otros, que han sido abandonados.

De igual forma, se considerarán especies náufragas todas aquellas naves, sus enseres y mercancías abandonadas por estas, que pongan o pudieran poner en riesgo, en aguas nacionales y/o internacionales, la navegación y el medio ambiente: marino”. Mitchell Morán presentó en la edición del lunes, 13 de febrero del noticiero Telemetro Reporta, videos donde se aprecian varias naves en condiciones deplorables y estado de total abandono en sitios como las costas adyacentes al Fuerte Sherman, en Colón, como en el espacio marino costero entre la Calzada de Amador y el nuevo Puerto de Cruceros de Colón 2000.

En tales imágenes se aprecian con facilidad aproximadamente veinte naves.

Las de Colón, en Sherman, se dan buques de servicio marítimo auxiliar abandonados y al menos un barco de gran tamaño, totalmente invertido.

El abogado atestigua haber observado en la parte inferior del nuevo puente sobre el Canal de Panamá dos buques más, también semihundidos. En el distrito de Panamá, los barcos en tal situación son más bien, yates y catamaranes, algunos se sumergen totalmente en marea alta, haciendo más peligrosa la navegación, máxime si no son infrecuentes las cuerdas errantes, que amenazan las hélices de los botes que por el área transitan.

“A partir del artículo 32 de la Ley No. 266 de 2021, se regula un complicado proceso para la declaración, tratamiento y disposición de especies náufragas, que si bien deja algunos aspectos a la reglamentación, esto no es óbice para el cumplimiento, por el otro lado, la institución competente, la Autoridad Marítima de Panamá, no ha cumplido con el mandato legal de reglamentar aquellos detalles que colaborarían con el mencionado proceso, como el procedimiento de declaratoria, los requisitos de la fianza que deba colocar el responsable de la nave, para la realización de la extracción, traslado, reubicación o remoción a su costo, de la nave, cuantía de la multa, disposición de la nave esta mediante subasta pública, préstamo, asignación, desguace o de la forma que estime conveniente, seguro de reflotamiento, entre otros”, dice el jurista.

“Cada día que pasa, el ambiente se deteriora más y aumentan las víctimas del riesgo. Lo que más le preocupa es que la mora de la Autoridad Marítima de Panamá, tanto de la Junta Directiva como del Administrador General, ya se ha convertido en omisión de cumplimiento de funciones públicas”, para lo cual preparamos las acciones legales correspondientes”, señaló.

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