Sancionarán anonimato
PANAMÁ. Las personas interesadas en publicar anuncios políticos pagados deben llenar ante el medio de comunicación social un formulario...
PANAMÁ. Las personas interesadas en publicar anuncios políticos pagados deben llenar ante el medio de comunicación social un formulario suministrado por el Tribunal Electoral, con el nombre, número de cédula, y una serie de información de la persona que se hace responsable por dicho anuncio. Esta medida se toma debido a que la propaganda política está reglamentada tanto por el Código Electoral como por el Decreto 12 de 28 de abril de 2008.
La intención es evitar la publicación de campañas sucias en atención a la facultad que le confiere la ley al Tribunal Electoral (TE) de promover “que la propaganda electoral propicie la exposición de programas y acciones tendientes a resolver los problemas nacionales o comunitarios, según sea el caso”.
De acuerdo a la norma, los medios de comunicación social y las empresas publicitarias tienen la obligación de suministrar al TE y a la Fiscalía Electoral, la información solicitada sobre los anuncios políticos pagados, en un término no mayor de tres días.
Las denuncias de quien se considere afectado por la difusión de una propaganda electoral serán presentadas ante el TE, que tiene la facultad para ordenar la suspensión de la misma.
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