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Actualizado
- 02/02/2012 01:00
Creado
- 02/02/2012 01:00
El Tribunal Electoral, a través del Decreto 4 del 31 de enero, estableció que un grupo con personería jurídica o 50 personas con sus der...
El Tribunal Electoral, a través del Decreto 4 del 31 de enero, estableció que un grupo con personería jurídica o 50 personas con sus derechos políticos vigentes podrán solicitar la instalación de una Asamblea Paralela Constituyente. Los solicitantes tendrán, según el TE, hasta seis meses para recolectar el equivalente al 20% de las firmas del registro electoral del 31 de diciembre pasado para concretar el llamado.
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