Prescribe acción penal en causa seguida a Delgado Diamante

Actualizado
  • 24/07/2015 17:47
Creado
  • 24/07/2015 17:47
En consecuencia el Tribunal ordenó el archivo del expediente y el levantamiento de las medidas cautelares personales impuestas aDelgado Diamante.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, declaró prescrita la acción penal dentro de las sumarias seguidas a Daniel Delgado Diamante, por la muerte de Andrés García, hecho ocurrido en la comunidad de Panamá Viejo el 8 de febrero de 1970.

En el fallo de fecha 8 de julio de 2015, bajo la ponencia del magistrado Luis Mario Carrasco, y con el aval de los magistrados Adolfo Mejía y María Estrada Villar, se establece que la acción penal en este caso en efecto prescribió el 20 de diciembre de 2001, a saber, doce (12) años después de la terminación del régimen militar.

Añade el Segundo Tribunal Superior que lo que hace diferente y conducente el reconocimiento de la prescripción de la acción en este momento es el enfoque jurídico planteado en su momento por el incidentista Carlos Carrillo Gomila, apoderado de Daniel Delgado Damiante, quien circunscribió el tiempo para el cómputo del plazo prescriptivo a los años transcurridos desde el retorno de la democracia en Panamá en 1989 hasta el presente. Ello sin perder de vista el “Principio de Favorabilidad” que estimaron los magistrados en esta causa, disponiendo como norma aplicable la contemplada en el Código Penal de 1982.

En consecuencia el Tribunal Superior ordenó el archivo del expediente y el levantamiento de las medidas cautelares personales impuestas a Delgado Diamante.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus