TE aplica nuevo requisito para grupos que recolectan firmas para llamar a una constituyente

Actualizado
  • 24/06/2021 00:00
Creado
  • 24/06/2021 00:00
Los movimientos ciudadanos que recolectan firmas para llamar a una asamblea constituyente se enfrentan a una nueva exigencia de parte del Tribunal Electoral (TE).

Los movimientos ciudadanos que recolectan firmas para llamar a una asamblea constituyente se enfrentan a una nueva exigencia de parte del Tribunal Electoral (TE).

Además de los problemas que tienen con el sistema digital para la inscripción de los simpatizantes, deberán abrir una cuenta bancaria que será auditada por el TE.

Los movimientos Justicia Social, Panamá Decide y Yo Firmo por Panamá tienen 15 días para abrir la cuenta bancaria, de lo contrario se les suspenderá la autorización de la recolección de firmas.

Carlos Ernesto González, líder del movimiento Panamá Decide, asegura que el “TE no es facilitador”.

González sostiene que el sistema para la inscripción de las firmas “no es un sistema fácil y eso no contribuye. La gente se desespera y abandona”.

“No nos dan la información desagregada. La pedimos y nos dicen que no. No nos ayudan. El TE no es un facilitador, sin duda”, reclama González.

La recolección de 580,742 en seis meses, compara González, es conformar 13 partidos políticos.

Datos obtenidos por este medio destacan que hasta el 22 de junio, el Movimiento Panamá Decide acumulaba 3,378 inscritos, Justicia Social 238 y Firmo por Panamá 1,056. La mayor cantidad de inscritos ingresó por Centro de Atención de Usuarios.

José Alberto Álvarez, presidente del partido PAIS, uno de los colectivos políticos que conforman el movimiento Yo Firmo por Panamá, precisa que la conversación “no es muy amigable entre las personas y el personal del TE”.

Álvarez reclama que si en los aparatos tecnológicos no tienes un navegador específico, no puedes ingresar al sistema y se debe descargar una app. “El TE nos ha puesto muchos requisitos. Ahora nos obligan a abrir una cuenta bancaria”, agrega Álvarez.

El martes 22 de junio, sin consulta previa sostuvo González, el TE emitió el Decreto 17 que sostiene que una vez quede ejecutoriada la resolución expedida que reconoce a una iniciativa ciudadana y la autoriza a coordinar con la Dirección Nacional de Organización Electoral la capacitación inicial en los métodos de recolección de firma, quien ejerza la representación legal queda obligado a abrir una cuenta corriente única de carácter temporal, en el banco de su preferencia, radicado en la República de Panamá.

La cuenta será identificada como cuenta única constituyente paralela - nombre de la iniciativa ciudadana, con el fin de manejar todo el dinero que recauda para financiar exclusivamente el proceso de recolección de firmas.

“El desvío de fondos hacia otras actividades ajenas al propósito de la iniciativa, debidamente comprobado por la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político, será causal para suspender la recolección de firmas y determinar, mediante procedimiento sumario, si hay evidencias de apropiación indebida o malversación de fondos, y proceder con las denuncias penales que correspondan”, señala el documento.

Las iniciativas ciudadanas solo podrán recibir donaciones de personas naturales panameñas mayores de edad.

El líder del movimiento Panamá Decide, González, reclama que el TE “está limitando un recurso como si estuviéramos en un proceso electoral. Solo estamos recolectando firmas y no estamos corriendo para nada”.

Todas las iniciativas ciudadanas tienen plena facultad para contratar todo tipo de propaganda con relación al proceso de recolección de firmas para la convocatoria a una constituyente paralela.

Las iniciativas ciudadanas deberán autorizar al TE, a través de un formulario suministrado por este, a solicitar información sobre los registros, cuentas bancarias y demás información relacionada con el financiamiento privado, que incluye los aportes propios, con el fin de que se puedan llevar a cabo las auditorías respectivas.

En el periodo de recolección de firmas para la convocatoria a una asamblea constituyente paralela, solo las personas naturales podrán contratar o donar propaganda electoral a favor o en contra de las iniciativas.

Las iniciativas ciudadanas que a la fecha de la expedición de este decreto no hayan abierto la cuenta única, tendrán 15 días hábiles para proceder con el trámite; de no hacerlo, se les suspenderá el trámite de recolección de firmas, sin que esto conlleve una extensión del plazo dado.

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