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Demandan artículos del Código Electoral correspondiente al financiamiento preelectoral
- 13/09/2022 12:05
Artículos del Código Electoral enfrentan una nueva demanda de inconstitucionalidad.
La Corte Suprema de Justicia recibió una demanda contra los artículos 208, 210, 356 Y 383 del Código Electoral.
El artículo 208 establece que el “7% del monto correspondiente al financiamiento preelectoral se asignará a los candidatos por la libre postulación para ser invertido por estos en propaganda electoral y gastos de campaña; y se repartirá así: en dos terceras partes para los tres candidatos presidenciales y un tercio para los candidatos a los demás cargos”.
La demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Ernesto Cedeño quedó en el despacho de la magistrada Angela Russo.
El siguiente artículo demanda es el 210, que establece que el 93% del monto correspondiente al financiamiento preelectoral, se asignará a todos los partidos políticos que participarán en las elecciones, para ser invertido en propaganda electoral y gastos de campaña, por conducto del Tribunal Electoral, de conformidad con las normas establecidas.
Los otros artículos demandados tienen relación con las postulaciones, porque en el artículo 356 establece que las personas que hayan competido para ser postuladas por un partido político a un cargo de elección popular no podrán ser postuladas por ningún partido político ni por libre postulación, en el mismo proceso electoral, para ningún cargo de elección popular, salvo que el partido en el que perdió originalmente lo autorice.
En tanto, el artículo 383 detalla que cada partido político podrá postular un candidato a alcalde y a representante de cada corregimiento. Igualmente podrán presentarse candidatos por la libre postulación.