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Mónica Pérez Camposopinion@laestrella.com.pa
El 20 de diciembre es duelo nacional
A 33 años de la invasión este diciembre es distinto, el equipo compuesto por el presidente de la República, Excelentísimo Señor Laurentino Cortizo Cohen y la actual ministra de Relaciones Exteriores, Su Excelencia Janaina Tewaney Mencomo publican en la G.
A 33 años de la invasión este diciembre es distinto, el equipo compuesto por el presidente de la República, Excelentísimo Señor Laurentino Cortizo Cohen y la actual ministra de Relaciones Exteriores, Su Excelencia Janaina Tewaney Mencomo publican en la G.O. del Decreto Ejecutivo 93 de 13 de diciembre de 2022, con el que se le otorga la continuidad necesaria a la Comisión 20 de Diciembre de 1989. Asimismo, se designa al nuevo presidente y nominan nuevos comisionados, todos gozan de un gran prestigio nacional, así como de conocimientos, competencias, y solvencia moral para llevar a cabo las asignaturas pendientes. La asociación de familiares y amigos de los caídos liderada por la ingeniera Trinidad Ayola los recibe con beneplácito.
La conmemoración de 2022 está signada por el duelo nacional establecido mediante la Ley No. 291 de 31 de marzo de 2022, que bajo la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos es un instrumento jurídico que contiene reparaciones a las víctimas de la invasión.
Las medidas de reparación nacen dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos cuando un Estado ha infringido sus obligaciones internacionales correspondientes al derecho internacional de los derechos humanos (conf. Informe de fondo No.121/18. Caso 10.573. José Isabel Salas Galindo y Otros/EEUU).
Me referiré a una de las medidas de reparación establecidas en la referida ley, con la cual, entre otras, el Gobierno Nacional dignifica a sus héroes y mártires. Con ella también le da valor y consolida nuestra identidad nacional. Literalmente se lee: “El numeral 2 del artículo 46 del Código de Trabajo queda así: “…Son días de descanso obligatorio los siguientes: … 2- Duelo nacional: a. El 9 de enero. b. El Viernes Santo. c. El 20 de diciembre…” (Art.7).
Dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos existe una amplia tipología de medidas de reparación, sin embargo a la que aludo es de la clase que es conocida como de satisfacción, ella constituye un acto de preservación y salvaguardia de la memoria, verbigracia, el hecho de fijar el día de duelo en el ámbito nacional, y halla correspondencia con el Caso Huilca Tecse Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 03 de marzo de 2005, fallo que resulta emblemático.
Por lo anterior, los agentes estatales cuando atendieron una de las reivindicaciones primordiales de las víctimas, acertaron en la diana al declarar oficialmente, modificando el Código de Trabajo, el 20 de diciembre como un día de duelo nacional.
Doctora en derecho internacional público y ex defensora del Pueblo
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