• 25/01/2018 01:00

Áreas protegidas y turismo

La concesión administrativa supone que un bien o quehacer inherente al Estado

El Ministerio de Ambiente hereda la facultad de regular las áreas protegidas, así como la de otorgar concesiones de administración o de servicios en ellas. El aparente uso masivo de aquella potestad, ha hecho noticia al finalizar el año 2017, demarcando así mucho del año que empieza.

La concesión administrativa supone que un bien o quehacer inherente al Estado, se concede a un particular para su uso o usufructo de acuerdo al principio de orden público e interés social que ordena la Constitución Política. La misma no puede ser utilizada para ninguna acción que afecte negativamente al Estado, que conserva la titularidad del bien. Las concesiones ambientales obligan a la protección del recurso natural concesionado, a riesgo de perderse la concesión, e incurrir en responsabilidad administrativa o penal.

El ecoturismo, fue declarado uno de los pilares de gestión de MiAmbiente y reconocido por el Órgano Ejecutivo, junto con la Autoridad de Turismo y el Instituto Nacional de Cultura, en ‘La Estrategia de Turismo Verde', estrenada en 2015. Por definición internacional, corresponde al ecoturismo la protección celosa del entorno promocionado, acompañado de la obligación del involucramiento de la sociedad circundante aquel, como campesinos, indígenas, artesanos y miembros de comunidades que suelen habitar las cercanías de los sitios naturales con potencial turístico.

Por otro lado, para muchos sectores, el gran porcentaje de áreas protegidas panameñas, como tierras excluidas de la economía, aunque en algunas, MiAmbiente, debe administrar asentamientos humanos, que escapan a su lógica conservacionista, como en los parques Chagres, Campana o Volcán Barú. En otros casos, terrenos privados quedan dentro de demarcaciones protegidas, perdiendo las facultades que caracterizan a la propiedad privada, sin alternativa económica posible ante un Estado responsable por tal condición.

A lo largo de esta administración, pasando por mensajes presidenciales y ministeriales sobre el tema, la emisión de comerciales alusivos a este, la creación del programa ‘Ecotur' de MiAmbiente y hasta la invención de un ‘app', por parte del Centro del Agua del Trópico Húmedo de América Latina y el Caribe (Cathalac) sobre turismo en áreas protegidas, el camino programático gubernamental ha sido evidente sobre la incorporación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas a la economía, a través del ecoturismo, siendo el instrumento administrativo a utilizarse la concesión administrativa.

Recientemente, se dan solicitudes de concesión en Isla Cañas y Parque Nacional Darién, la aprobación del Plan de Uso por el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, y un proyecto de Ley para titular la zona costera del Área de Uso Múltiple de Donoso, entre otros temas que preocupan a la ciudadanía.

Como en otras ocasiones, las áreas protegidas son defendidas por ambientalistas e interesados. Lo que no había pasado nunca, es que tal defensa, esta vez se da ante un plan claro del Gobierno con respecto a la utilización de la naturaleza.

Se precisa una discusión profunda sobre el papel que las áreas protegidas, como generadoras de riqueza económica y proveedoras de servicios ambientales irremplazables, incuantificables e irrepetibles y no existe momento más oportuno que el presente.

ABOGADO AMBIENTALISTA.

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