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- 03/09/2024 00:00
¿Hasta cuándo cargar mitos sobre la salud en la CSS?
Con mucha frecuencia se emplea el término “universalidad” como uno de los principios de las prestaciones médicas de la CSS para hacer que la totalidad de la población ejerza el derecho a la atención de salud y, por tanto, que nuestro sistema de salud sea de equidad (justicia social). Como término dominguero que pareciera darle cierto estatus de saber a quienes lo enuncian, suena bien. La práctica que ha emergido desde finales del siglo XIX, con el modelo Bismark, asumido por nuestra principal institución de seguridad social desde su fundación, tiene la particularidad de que limita a la población que atiende -solamente trabajadores formales- impidiendo tal universalidad, aún si fuere el caso de que sus servicios fueran eficientes en entrega de medicamentos, tiempos de espera de citas, etc., que ya sabemos que en términos generales no lo es. Ergo, aunque la CSS fuera eficiente en entrega de sus servicios, la exclusividad de la atención en una determinada categoría de usuarios de atención de salud malogra toda posibilidad de que sea efectiva la anhelada universalidad, convirtiéndolo en uno de los mitos de las reformas planteadas por los tecnócratas criollos, de la OMS o de los banqueros internacionales desde hace tres décadas.
Por otro lado, la restricción del modelo Bismark a atender solamente a los trabajadores (y sus dependientes) que cotizan, significa en Panamá que el casi 50% que representan los “trabajadores informales” (y sus dependientes) en el total de la población laboral del país, queda por fuera de este régimen. Otra vez, se cae aquí el mito de la universalidad dentro de cualquier tipo de seguro social o privado. La insolidaridad aquí suele encubrirse mandando a esta población a que se vaya a atender a los servicios del Minsa, que leguleyada aquí, leguleyada allá, argumentan, es responsabilidad del Estado. Es lo indicado por el Banco Mundial desde principios de los años 1980 y curiosamente es lo que repiten al unísono, la población cotizante activa, los generadores de opinión de los medios de comunicación comerciales y líderes sindicales y gremiales (salvo honrosas excepciones de quienes no se han dejado colonizar mentalmente) que además, se autoproclaman “antineoliberales”.
Otro mito, harto predominante en la “opinión pública” y el imaginario de los asegurados y aseguradas cotizantes sin identidad de clase, por cuanto curiosamente coinciden con las premisas difundidas por las élites de poder criollas en este tema, es el que señala que la CSS atiende a más del 80% de la población del país (¡!). Un mito ligado también, a la cobertura poblacional e institucional.
Las cifras oficiales frescas de los censos nacionales -para complacer a aquellos que no saben que mis planteamientos no provienen de la especulación demagógica- dan cuenta de que la población activa no jubilada ni pensionada que cotiza, representa apenas el 20.4% del total de la población del país. Un 5.9%, lo representa la población jubilada y pensionada y finalmente, los dependientes de estos cotizantes, solamente representan el 20.6% de la población total del país. En total, la CSS no tiene responsabilidad de ningún 80%, a lo sumo del 47.3% de la población total del país (INEC, 2023. Censos nacionales).
Lo dicho antes, significaría que el 52.7% del total de los habitantes de la República no están siendo atendidos por los servicios de esta institución. Por lo tanto, son los servicios del Minsa y los del sector privado-cuando no la sabiduría de las abuelas- los que terminan atendiéndolos. Pero les tengo una noticia más irritable a los tecnócratas y porfiados apologistas de estas ideas mitómanas. En los servicios del Minsa, aproximadamente el 38% que se atiende en estos, son asegurados (¡!) cosa que no ocurre en el sentido inverso de manera regular. Esto disminuye aún más la magnitud que habla de que la CSS es responsable de un 80% de la población panameña. Con lo cual el mito queda develado.
Por lo demás, estas realidades apuntan a la conveniencia en este momento de, al menos, integrar los servicios de la CSS y Minsa, bajo condiciones de equidad en sus aportes y beneficios. Aunque lo óptimo, sigue siendo la fusión en una única institución pública y autónoma de los servicios de salud (no de sus aparatos burocráticos) de tales entidades. Esto requiere previo o simultáneamente la transformación del carácter social del Estado, su Refundación.
*El autor es sociólogo, docente e investigador