• 21/09/2015 02:00

Visión histórica de la ampliación* (III)

El consejero de la Embajada de Japón en Panamá, Hiroyuki Kimono, había manifestado al diario UNIDAD que un ‘background paper'...

El consejero de la Embajada de Japón en Panamá, Hiroyuki Kimono, había manifestado al diario UNIDAD que un ‘background paper' del Consejo de Seguridad Nacional, fechado en abril de 1986, muestra ‘el rechazo que tiene en el propio Gobierno estadounidense la posibilidad de que el Japón y Panamá compartan la administración del nuevo canal... Washington estaría de acuerdo con que Japón interviniese en la obra con su tecnología, pero ni ese país ni Panamá podrían tomar decisiones en cuanto al manejo del Canal'.

Pero, de ser cierta la afirmación de Kimono, y ni Panamá ni Japón controlarán la vía interoceánica, ¿quién lo hará? ¿Quién actúa como verdadero dueño del Canal? ¿Quién, por ejemplo, decidió ampliar el Canal más allá de la demanda real del Canal y de las posibilidades financieras de Panamá? ¿La Autoridad del Canal de Panamá (ACP), o el Gobierno de EE.UU.? ¿Acaso también aquí intervinieron los sicarios económicos de EE.UU.?

Primeramente, es necesario advertir que las enmiendas introducidas al Tratado de Neutralidad por el Senado de Estados Unidos meses después de que el plebiscito panameño lo aprobara, constituyen una grave distorsión unilateral de lo aprobado originalmente. Si bien pueden comprenderse las ‘circunstancias especiales' que rodearon su firma y aceptación posterior del Gobierno panameño de tales enmiendas, ha llegado la hora de cancelar las condiciones allí contempladas:

(1) Estados Unidos puede usar la fuerza militar para reabrir o defender el Canal cuando, a su juicio, el mismo sea objeto de amenaza;

(2) Panamá, a la hora de fijar los peajes del Canal, debe tomar en cuenta los intereses geográficos y comerciales de Estados Unidos;

(3) Estados Unidos afirmó el derecho de acordar con Panamá su presencia militar, no obstante que el Artículo V del Tratado se lo prohíbe;

(4) Panamá no puede ejercer jurisdicción o algún tipo de control sobre naves de guerra;

(5) Panamá no puede prohibir el paso de naves con sustancias o cargas peligrosas, como desechos nucleares. (Álvaro Cabal, Asesor Jurídico de la ACP, UP 2006).

Por otra parte, si bien el Artículo 315 de la Constitución Nacional establece que ‘el Canal de Panamá constituye un patrimonio inalienable de la Nación panameña...', no menos cierto es que, como por un acto de magia, los Gobiernos-ACP hicieron desaparecer el Canal de la Constitución como patrimonio de la Nación para hacerlo reaparecer como patrimonio de la ACP dentro de su Ley Orgánica.

Cómo EE.UU. ordenó el Tercer Juego de Esclusas

En efecto, la ACP actúa como si fueran los verdaderos dueños del Canal, pero la decisión de añadir un tercer carril de esclusas no la tomó la entidad, sino el ejército de Estados Unidos, que construyó el Canal a principios de siglo.

Como lo hemos manifestado: ‘En 1993, el informe de la Comisión Tripartita concluyó recomendando el Tercer Juego de Esclusas, pero, poco antes de entregársele el Canal a Panamá el 31 de diciembre de 1999, el secretario de Ejército de Estados Unidos, quien fungía como presidente de la Comisión Asesora de la Comisión del Canal de Panamá, Togo West, recomendó a la ACP realizar nuevos estudios para construir el tercer carril de esclusas, y así dicha entidad lo hizo'.

El diseño del Tercer Carril de Esclusas ahora en construcción es, en esencia, el mismo confeccionado por el Ejército de EE.UU., el cual emprendió su construcción de 1939 a 1942 con fondos federales, dejándolo inconcluso por órdenes del Senado.

Cuando aún no se había traspasado a Panamá el Canal y se diseñaba la organización panameña que reemplazaría a la Comisión del Canal, el Congreso de Estados Unidos —a solicitud de miembros panameños en dicha Comisión— emitió disposiciones que obligaron a nuestro país a adoptar las mismas reglas, normas y principios que regían para la entidad estadounidense.

De esta forma, no solo la ACP copió el modelo de gestión de EE.UU., sino que, como hemos visto, el jefe del Ejército de EE.UU. le encomendó a ésta llevar a cabo la ampliación del Canal, según el modelo que el Ejército había intentado construir... para permitir el paso de los portaaviones.

No es Panamá, sino EE.UU., quien actúa como verdadero propietario del Canal. Recordemos que el artículo III del Tratado Hay-Bunau Varilla autorizó a EE.UU. a actuar ‘como si fueran soberanos' en la Zona del Canal. Al parecer, les quedó el gustito.

*EXTRACTO DE MI LIBRO DE PRÓXIMA APARICIÓN, EL MONOPOLIO DEL CANAL Y LA INVASIÓN.

**EL AUTOR ES ANALISTA INTERNACIONAL, EXASESOR DE POLÍTICA EXTERIOR Y ESCRITOR.

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