Así lo confirmó el viceminsitro de Finanzas, Fausto Fernández, a La Estrella de Panamá
- 21/08/2015 02:00
La mentira del seguro obligatorio de automóviles
Siempre he considerado que la institución de los Seguros Privados en General, es una herramienta indispensable para el mejor funcionamiento del sistema económico capitalista, a tal punto que los países con sistema de economía socialista, rápidamente fueron aceptando la institución de los contratos de seguro dentro de sus modelos de economía.
Necesariamente, la circulación de todo tipo de vehículos en las vías públicas y privadas, mismas cuyo uso se comparten entre el hombre conductor y el hombre peatón representa un riesgo, del cual surge inmediatamente la ocurrencia de hechos de tránsito, como lo son las colisiones, los atropellos, los vuelcos, etc., de los cuales surgen, necesariamente, consecuencias sociales y económicas, que implican derechos y obligaciones. Se producen daños a los bienes materiales muebles o inmuebles, y lesiones a la integridad física de los seres humanos, como lesiones personales y hasta la muerte.
Frente a la anterior realidad planteada, surge el Contrato de Seguro de Automóviles, institución que persigue realmente proteger el patrimonio propio del propietario de un vehículo, como la responsabilidad civil, que se deriva de la culpabilidad de un accidente, en la persona de un conductor del vehículo como de su propietario, que se conoce como Responsabilidad Civil Extracontractual, riesgo al que necesariamente están expuestos tanto el conductor que resulta responsable del hecho de tránsito como su propietario, si es otra persona natural o jurídica.
Con estas realidades, dado que accidentes de tránsito ocurren todos los días en el mundo entero, se crea la necesidad del seguro privado, institución a cargo de empresas aseguradoras, que persigue minimizar las consecuencias de los hechos de tránsito, con la justa indemnización a los afectados y víctimas, por lo que el contrato de seguro de automóviles cuenta con cobertura para los daños que puedan sufrir los vehículos involucrados en un hecho de tránsito, como también las lesiones a la integridad física de las personas y los perjuicios en general, causados a las víctimas que resulten del hecho.
En nuestro país se adoptó la institución de los seguros privados, a partir de su primera década de existencia y posteriormente se instituyó la institución de seguro obligatorio, para todos los propietarios de vehículos, en la cobertura de responsabilidad civil por daños a la propiedad de terceros, obligatoriedad que se mantuvo vigente hasta el inicio de la década de los años sesenta. Mediante el Decreto Ejecutivo 161 de 1993, se vuelve a establecer como norma del Reglamento de Tránsito, el Seguro Obligatorio de Automóviles, pero la norma nunca se implementó, pues a las empresas aseguradoras no les interesaba y como históricamente estas empresas han impuesto a todos los Gobiernos de turno al funcionario que a ellas les conviene como Superintendente de Seguros y Reaseguros, no fue hasta 2006 que se volvió a establecer la norma y el límite de Responsabilidad que debían tener la pólizas por daños y lesiones personales a terceras personas. Lamentablemente, los que asesoraron a los responsables de la ATTT en materia del seguro, cuando se dio la reforma en 2006, fueron personas que por diferentes razones defendían los intereses de las aseguradoras, que se aprovecharon de la ignorancia de los altos funcionarios de la ATTT en materia de seguros, y no establecieron la mejor de las coberturas y condiciones para el contrato de seguro obligatorio.
Tenemos necesariamente, que modificar las coberturas y las condiciones generales del contrato de seguro obligatorio de automóviles, principalmente, porque en el 2012, mediante la Ley 12 de ese año, que regula la actividad de seguros y dicta otras disposiciones, las aseguradoras lograron obtener más excusas para incumplir sus obligaciones con sus asegurados. En esta ocasión se aprovecharon de la ignorancia de los miembros del Órgano Legislativo en materia de seguro.
Entendemos que ahora en la Asamblea Nacional se quiere introducir una Ley que reforma solo un aspecto de los muchos que hay que reformar en materia de seguros de automóviles, porque en la actualidad, pese a que existe un seguro de automóviles, los afectados y víctimas de accidentes de automóviles, generalmente, no son debidamente indemnizados por las aseguradoras y los responsables quedan impunes, penal y civilmente, porque así se lo permiten las normas vigentes, Hay que reformar urgentemente las coberturas en materia de responsabilidad civil, las condiciones generales de las pólizas y reglamentar el procedimiento para los reclamos de los siniestros que sufren los asegurados y las víctimas de los accidentes en donde las aseguradoras imponen las reglas del juego que a ellas le conviene.
Sugerimos a la Asamblea Nacional que no se precipite y dé la oportunidad de ser debidamente asesorados en la materia.
ABOGADO