El Festival de Debutantes se realizó el 5 de julio en el Club Unión de Panamá. Es organizado por las Damas Guadalupanas y se realiza cada año para recaudar...
- 02/01/2009 01:00
Los viajes del presidente
Los “viajes del presidente” son importantes para el desenvolvimiento administrativo nacional y las relaciones internacionales.
No cuestionamos cuántos ha hecho o hará, pero..!
En 1940 el Dr. Arnulfo Arias Madrid fue electo presidente por votación popular, asumió el cargo el 1 de octubre de 1940 al 9 de octubre de 1941, (un año después) fue depuesto por “ acciones de la Corte Suprema de Justicia ”, al comprobar ausencia del Dr. Arias del país violando la Constitución.
El Dr. Arias regresó al país por barco y en el puerto de Cristóbal fue detenido por autoridades americanas y entregado a las panameñas. Fue conducido al la Cárcel Modelo y posteriormente deportado a Nicaragua.
En su condición de segundo vicepresidente, el ingeniero Ernesto Jaén Guardia fue llamado a ocupar la Presidencia por el derrocamiento del Dr. Arias, al desconocerse el paradero del primer designado, Dr. José Pezet Arosemena (Estaba preso).
Cerca de la una de la tarde, del 9 de octubre de 1941, el ingeniero Jaén Guardia juramentó su cargo en la Corte Suprema de Justicia y dos horas después presentó renuncia.
La Corte Suprema de Justicia en “ acatamiento a lo dispuesto en la Constitución ”, designó a don Ricardo Adolfo De la Guardia Arango, a la sazón ministro de Gobierno y Justicia, como ministro encargado de la Presidencia y asumió la posición el 9 de octubre de 1941. (¿Que Artículo de la Constitución Política de 1941 autorizaba a la Corte Suprema de Justicia a proceder de la manera que lo hizo?).
Ante las presiones de los partidos políticos y el pueblo, el ministro encargado de la Presidencia, en 1945, llamó a una Asamblea Constituyente y ésta nombró a don Enrique Adolfo Jiménez Brid presidente de la República, quien asumió el cargo el 15 de junio de ese año. En marzo de 1946 fue promulgada la tercera Carta Magna.
Al señor presidente, en todos sus viajes lo acompaña su “ reemplazo constitucional ”, creando un vacío en el engranaje gubernamental. ¿A quién designan oficialmente para atender en la ausencia de ambos los asuntos del gobierno? ¿Qué sucedería en caso de una situación adversa? Ninguno de los dos es inmortal.
¿Qué establece la Constitución ante una situación imprevista de la ausencia total de las dos figuras principales del gobierno? El actual gobierno es producto de una concertación de partidos y todos tienen derecho a ocupar las vacantes. ¿Se produciría un caos gubernamental? ¿Se formará una rebatiña por la Presidencia?
¿Qué procedimiento jurídico se aplicará para la continuación del gobierno legítimamente electo? ¿Quién designará y asumirá la Presidencia?
¿La Corte Suprema de Justicia está constitucionalmente facultada para actuar en igual forma que en 1941?
*Historiógrafo y escritor.escritoramador@gmail.com