• 25/06/2014 02:00

Sospechosa solicitud

La Procuraduría está obligada a promover el cumplimiento y la ejecución de las sentencias judiciales.

Cuando faltaban escasas horas para que se cumpliera el plazo fatal y la exdirectora del desaparecido DAS de Colombia, María del Pilar Hurtado, quedara sin la protección del asilo territorial otorgado por el gobierno de Ricardo Martinelli, en virtud de sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que declaró la inconstitucionalidad del Decreto Ejecutivo N° 301 del 19 de noviembre de 2010, la procuradora general de la Nación interpuso, de una manera sorprendente y que riñe directamente con sus obligaciones constitucionales, una solicitud de aclaratoria de la sentencia, ante la propia Corte Suprema de Justicia.

Entre las obligaciones constitucionales del Ministerio Público, de conformidad con el artículo 220 de nuestra Carta Magna, está la de promover el cumplimiento o ejecución de las leyes, sentencias judiciales y disposiciones administrativas.

Es más que obvio que la sospechosa solicitud de aclaración de la sentencia no le corresponde a la procuradora general de la Nación, sino, en tal caso, al Órgano Ejecutivo, quien sería el presunto afectado con la sentencia de la Corte.

La abogada Ana Belfon está faltando a sus obligaciones constitucionales como procuradora y, de paso, revelando que no ha podido desprenderse de su condición de asesora presidencial.

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