Informe de EEUU dice que Panamá 'no' cumple con estándares mínimos para eliminar la trata de personas

Actualizado
  • 20/07/2022 17:00
Creado
  • 20/07/2022 17:00
Aunque el país está haciendo los esfuerzos y aumentó su capacidad para combatir la trata, el país se mantiene en la categoría 2 porque 'el Gobierno no cumplió con los estándares mínimos en varias áreas clave'

Un reporte de la Oficina de Trata de Personas del Departamento de Estado de Estados Unidos  indica que Panamá "no cumple con los estándares mínimos para la eliminación" de este delito, sin embargo, reconoce que el país  "está haciendo esfuerzos significativos para lograrlo".

A pesar del esfuerzo que destaca el informe y al incremento de la capacidad para combatir la trata en comparación con el periodo del informe previo, considerando el impacto de la pandemia de la covid-19, Panamá se mantiene en la categoría 2 porque "el Gobierno no cumplió con los estándares mínimos en varias áreas clave".

Según el reporte, el esfuerzo de Panamá van desde identificar a más víctimas; condenar y rigurosamente penalizar a dos traficantes bajo el estatuto contra la trata; solicitar la participación de los sobrevivientes en los esfuerzos de protección a víctimas; apoyar el derecho de las víctimas a recibir restitución de sus tratantes; realizar una revisión cumulativa de sus propios esfuerzos en contra de la trata; hasta brindar apoyo adicional en cuanto a alimentos y artículos de higiene a víctimas de trata durante la pandemia.

No obstante, el Departamento de Estados de los Estados Unidos consideró en su informe que las autoridades investigaron a menos tratantes, y, a pesar de esfuerzos de monitoreo proactivo, las estadísticas del gobierno indicaron que la mayoría de las víctimas de trata reportaban ellas mismas su explotación.

Además el Gobierno "no" enmendó la ley en contra de la trata para retirar el requisito de traslado para constituir un delito de trata, lo cual perpetuó "conceptos erróneos" sobre la trata y condicionó los esfuerzos  en contra de la trata. De forma que las agencias de aplicación de la ley investigaban los casos de trata interna inadecuadamente, y es plausible que identificaran a menor cantidad de víctimas o las identificaran mal.

"El gobierno disminuyó ligeramente sus esfuerzos en cuanto a los enjuiciamientos. El artículo 456 del Código Penal no penalizó todas las formas de trata sexual y laboral ya que requería traslado para constituir un delito de trata", sostuvo el Departamento de Estado de los Estados Unidos.

El documento menciona, por ejemplo, que las autoridades iniciaron 10 investigaciones de trata (cinco por trata sexual, tres por trata laboral y dos por explotación no especificada) que involucraron a cuatro sospechosos, en comparación con 29 investigaciones de trata (21 por trata sexual y ocho por trata laboral) que involucraron a 16 sospechosos iniciadas en 2020 y cinco investigaciones de trata (cuatro por trata sexual y una por trata laboral) que involucraron a 12 sospechosos en 2019. Funcionarios reportaron investigaciones que continuaban en cinco casos iniciados en periodos de informes previos. 

Precisó  que el gobierno enjuició a dos supuestos tratantes por trata sexual, en comparación con tres supuestos tratantes en 2020, 10 en 2019 y 12 en 2018; y condenó a dos tratantes sexuales, en comparación con condenas a tres tratantes en 2020, 13 en 2019 y ocho en 2018. 

Los tribunales condenaron a ambos tratantes conforme a la ley de trata – en vez de otros estatutos relacionados que conllevan penas menores, como ocurrió en dos de las condenas del 2020- y sentenció a un tratante sexual, condenado por trata, secuestro y extorsión a 23 años de cárcel; el otro tratante sexual condenado recibió una sentencia de 20 años de cárcel. 

Según el documento, "observadores informaron que la falta de guías de procedimientos para los jueces y fiscales no familiarizados con casos de trata ocasionalmente impedía condenas exitosas". 

Los funcionarios informaron que los tribunales estuvieron abiertos durante el periodo del informe, pero, como una medida para mitigar la pandemia, realizaron una mezcla de audiencias virtuales y presenciales; en noviembre, los tribunales retornaron completamente a audiencias presenciales. 

Sin embargo el gobierno continuó desviando funcionarios y otro personal de sus funciones regulares, incluyendo la investigación de delitos de trata, con el fin de implementar toques de queda y otras restricciones. Las medidas de mitigación de la pandemia del gobierno, incluyendo toques de queda obligatorios, siguieron en efecto hasta noviembre.

Informes periódicos en los medios continuaron citando alegaciones de trata sexual informadas previamente en los albergues de la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF); el gobierno informó que investigó estas acusaciones, pero "no encontró evidencia que las apoyara". "El gobierno no informó sobre investigaciones, enjuiciamientos o condenas adicionales, de funcionarios gubernamentales cómplices en delitos de trata de personas", dijo.

PROTECCIÓN

De acuerdo con el reporte, el gobierno incrementó sus esfuerzos en cuanto a protección. Agencias de aplicación de la ley y otras entidades podían identificar a potenciales víctimas de trata; aparte, la Comisión Nacional de Trata del gobierno determinó si las víctimas potenciales debían ser consideradas víctimas “preliminares” o “confirmadas”. 

La comisión informó que hubo 16 víctimas confirmadas identificadas en 2021, en comparación con seis víctimas en 2020 y 34 en 2019. De las 16 víctimas confirmadas identificadas en 2021, siete fueron víctimas de trata sexual y nueve fueron víctimas de trata laboral. 

A pesar de que existe trata interna en Panamá, las autoridades solo identificaron a una víctima panameña; la mayoría de las víctimas identificadas fueron ciudadanos de Colombia, Costa Rica, Nicaragua y Venezuela. 

Todas las siete víctimas de trata laboral eran nicaragüenses. El gobierno informó que podía tomar varios meses para que la comisión confirmara el estatus de una víctima potencial. Las víctimas podían acceder a albergue y otros servicios mientras su estatus estuviese pendiente.

RECOMENDACIONES

Dentro de las recomendaciones prioritarias frente al flagelo de la trata de personas, la oficina norteamericana sugiere lo siguiente:

- Retirar el requisito de traslado de la definición reglamentaria de trata de personas en el Código Penal.

-Proactivamente identificar a víctimas de trata, incluso entre panameños explotados dentro del país, migrantes, comunidades indígenas, trabajadores domésticos y otros grupos vulnerables.

-Vigorosamente investigar y enjuiciar y, según sea apropiado, condenar a los tratantes, incluyendo aquellos involucrados en el turismo sexual infantil. 

-Enmendar la ley de trata para que incluya fuerza, fraude o coerción como elementos esenciales del delito, más que como agravantes. 

-Asignar fondos dedicados para servicios especializados de víctimas, incluyendo mediante el fondo especial para víctimas de trata y apoyo financiero a las organizaciones de la sociedad civil. 

-Capacitar a agentes de aplicación de la ley y a los fiscales en la investigación y el enjuiciamiento de tratantes utilizando el delito de trata en vez de utilizar un delito menor.

-Establecer y destinar fondos para el albergue específico para víctimas de trata de personas.

-Incrementar la capacitación a los funcionarios gubernamentales en la identificación y referencia de víctimas, incluyendo la identificación proactiva entre las poblaciones vulnerables y los individuos involucrados en el sexo comercial. 

-Sentenciar a tratantes condenados con penas adecuadas conforme a la ley, las cuales deben incluir significativos periodos de encarcelamiento.

-Informar a las víctimas extranjeras sobre sus derechos como víctimas de trata, incluyendo el acceso al permiso de residencia provisional y servicios.

-Desarrollar y diseminar un manual de procedimiento para guiar a los fiscales y a los jueces en los casos de trata.

-Capacitar a los jueces para que entiendan la importancia de la restitución financiera en los casos de trata. 

-Utilizar las leyes y los reglamentos existentes para revocar las licencias de reclutadores fraudulentos.

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