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- 21/06/2025 11:00
Tras la decisión del presidente José Raúl Mulino de aplicar el artículo 55 de la Constitución y declarar un estado de urgencia por cinco días en la provincia de Bocas del Toro, con el objetivo de restablecer el orden público, distintas voces han reaccionado ante la medida.
El exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Harry Díaz, manifestó que: “Los 30 años de impunidad de una corrupción imparable llevan a la población a todo tipo de manifestaciones. En la medida en que un gobierno como el actual actúa con arrogancia y desprecio hacia la ciudadanía, se da el detonante final de un estallido social. Es lo que vivimos en Bocas del Toro, donde, para desvirtuar la legítima protesta, se infiltran elementos que conllevan al caos y colocan a los ciudadanos a confrontarse entre sí, desviando la verdadera razón del malestar general, que es la corrupción que impide el desarrollo nacional y la paz social. Hace rato dije que estamos en fase dictadura. No hay respeto por el orden constitucional, y el estado de derecho, si aún queda algo, está maltrecho”.
Graciela Dixon, exmagistrada de la CSJ, indicó que: “Inicio este mensaje en esta oportunidad con el ánimo de hacer un llamado a todas las fuerzas vivas de este país para que salgan a demostrar solidaridad efectiva y respaldo a los que han estado en la lucha constante y sin parar contra la Ley 462, con la esperanza de llamar la atención del Ejecutivo y con la esperanza de poder sentar un diálogo, lo cual no se ha logrado. ¿Por qué no se ha logrado? Porque desde el principio el presidente ha dicho que él no va a ceder, y esa postura intransigente y autoritaria, sencillamente, ha llevado a la gente a elevar los niveles de protesta y ha extendido la resistencia popular”.
Dixon añadió: “La resistencia popular, les digo, los abogados del país los respaldamos, y ya sabemos de abogados que están preparando las denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que se sepa que a los educadores han empezado a enviarles cheques que dicen ‘Licencia sin sueldo’, una licencia que ellos no han pedido porque se encuentran en pie de lucha ejerciendo su derecho a huelga, de acuerdo con el respaldo que la ley les confiere”.
“Aquí las violaciones se están dando de manera descarada al sistema jurídico panameño, a la estructura de derecho y a los derechos y a la voluntad del pueblo panameño. Señor presidente, usted disfruta ser un mandón, usted disfruta ser un dictador. Bueno, le recuerdo cuál es la suerte final de los dictadores. Si no lo sabe, le recomiendo que se vaya a leer un poco de historia universal y la historia incluso de este propio país. No creo que ese final es el que usted se imagina, porque lamentablemente cuando se está en el poder se cree omnipotente y, además, se cree que es interminable. Pues créame, el final muchas veces llega más rápido que temprano”, concluyó Dixon.
El político y presidente del partido Panameñista, José Isabel Blandón, manifestó a través de su cuenta en X que: “Tengo mis serias dudas sobre la constitucionalidad de la orden de suspender la señal de celular y de internet en Bocas del Toro. Alguien que me explique en el Gobierno cuál es el fundamento constitucional de eso”.
Blandón explicó: “El artículo 29 de la Constitución Nacional habla de la inviolabilidad de las comunicaciones. Con ese artículo suspendido, el Gobierno puede intervenir nuestras comunicaciones privadas, pero no puede impedirlas. De la misma forma, el artículo 37 habla de la libertad de expresión y de prensa. Con la suspensión de dicho artículo, el Gobierno puede censurar lo que se publique, pero no cerrar los medios o impedir que nos comuniquemos”.
“Con esta medida arbitraria, están conculcando la libertad de comunicarse, de expresarse y de prensa de los bocatoreños, de una forma que va mucho más allá de lo que les permite el artículo 55 que, además, debe leerse en concordancia con el artículo 17 (que reformamos en el 2004), donde dice que los derechos y garantías consagrados en la Constitución deben considerarse como mínimos. Este, sin lugar a dudas, es un gobierno autoritario, que no vacila en violar derechos humanos”, sentenció Blandón.
Otro de los políticos que indicó su punto de vista fue Jorge Bloise Iglesias, diputado del circuito 8-4 por la Coalición Vamos, quien expresó que “No estoy de acuerdo con la suspensión de los canales de comunicación en Bocas del Toro. La suspensión de las garantías no está por encima de este derecho básico”.
Finalmente, la abogada Patsy Lee, diputada del circuito 13-4, La Chorrera, consideró que Bocas del Toro es el reflejo de lo que pasa cuando un pueblo es mal gobernado por décadas. “Se trata de una política que no resuelve: corrompe, divide, somete. No te educo para que no pienses. Te doy migajas para que dependas. Te nombro en una institución para que obedezcas. Así construyeron su poder... y así nos hundieron”.
Lee concluyó: “Como cuando educas mal a un niño: no esperes un buen ciudadano. Espera frustración y un país al borde. Mi solución: educar. Para que sepamos cómo funciona el Estado, qué exigir y cuáles son nuestros derechos. Porque un pueblo que entiende, no se deja comprar”.
Por su parte, el abogado y docente universitario, Miguel Antonio Bernal, destacó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que la suspensión del ejercicio de ciertos derechos, en el marco de lo dispuesto por el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no puede alcanzar al recurso de habeas corpus por considerar que el mismo es uno de los recursos instituidos para proteger derechos que no son susceptibles de suspensión. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva OC-8/87, ha señalado que “los procedimientos de habeas corpus y de amparo son de aquellas garantías judiciales indispensables para la protección de varios derechos cuya suspensión está vedada por el artículo 27.2 (de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) y sirven, además, para preservar la legalidad en una sociedad democrática”. Las medidas adoptadas por el Gobierno de Panamá, por tanto, entran en conflicto con la Convención Americana sobre Derechos Humanos en la medida que suspendan el ejercicio de un recurso tan importante como es el de habeas corpus, ya que la legislación panameña debe adecuarse a los compromisos internacionales asumidos.