Retenes: ¿Estrategia ineficiente o solo mal aplicada?

Actualizado
  • 25/01/2015 01:00
Creado
  • 25/01/2015 01:00
Son un método para combatir el crimen muy utilizado en Panamá. Odiado por la mayoría de la población, ya que dificulta al tráfico

La Policía Nacional (PN) informó, el pasado 11 de enero, de la liberación de un empresario panameño que había sido secuestrado. Aunque no se explican los detalles, han circulado cadenas, a través de redes sociales, servicios de mensajería instantánea y demás, que advierten de que se tenga mucho cuidado cuando se encuentra un retén policiaco en las calles. ‘No paren nunca en un retén de un solo policía, tienen que ser más de dos, es preferible irse a no parar’, se puede leer en uno de los mensajes que se llegaban por distintos medios.

¿Por qué, si nunca se dijo que el empresario fue secuestrado utilizando la figura de un falso retén, la gente envía mensajes como este? Por los rumores, la desinformación y el miedo. Y es que, no se puede negar, los antecedentes existen. A todos los niveles.

Tan solo en diciembre del año pasado, el periódico Metro Libre informaba que uno de sus colaboradores, el reportero gráfico Roberto Robinson, fue llevado a la estación de la Policía Nacional en San Felipe, porque le tomó fotografías a cuatro unidades que realizaban un retén en la avenida Justo Arosemena, cerca de la Universidad del Istmo.

Unas semanas antes, en noviembre del 2014, otro reportero gráfico, Adriano Duff, de La Estrella de Panamá , fue víctima de una situación similar. Durante un retén, a Duff se le solicitaron sus documentos. A pesar de que colaboró, el fotógrafo terminó encerrado en la subestación de Curundú. Otro compañero de Duff, Eliezer Oses, quien acudió a auxiliarlo cuando notificó su situación, también terminó encerrado en el cuartel.

¿QUÉ ES UN RETÉN?

En el Manual de Procedimiento de la Policía Nacional (PN), se define como ‘un dispositivo de seguridad que se utiliza para prevenir, minimizar o neutralizar el alto índice delincuencial o las transgresiones a la ley’.

Explica el documento de la PN que hay seis razones para que se instale un retén: ‘1. Prevenir la comisión de delitos o faltas. 2. Ante la comisión de un delito. 3. Aumento del índice delictivo. 4. La proliferación de drogas, armas de fuego, robos, vehículos hurtados, secuestros e indocumentados. 5. Fuga de prófugos de centros penitenciarios. 6. Actos terroristas, etc’.

Sin embargo, aunque tienen una función de seguridad importante, para Severino Mejía, exviceministro de Gobierno y Justicia, la imagen que tiene la población de los retenes es desfavorable: ‘Desde el punto de vista de la percepción social del ciudadano, un retén es una molestia’. El problema con los retenes, considera Mejía, también criminalista, no es su naturaleza; sino que se ha abusado de ellos. ‘No es que sean malos, se han prostituido’, opina.

Un colega de Mejía en el Instituto de Criminalística de la Universidad de Panamá, Fernando Murray, también tiene opiniones encontradas sobre esta técnica policiaca: ‘Los retenes responden a situaciones fortuitas o emergentes, para dar con el paradero de prófugos, evadidos y delincuentes en acción criminal; [aunque] a veces se nota que algunos son improvisados’.

Esta improvisación lleva a que, si bien existe un protocolo definido para proceder con un retén, que se explica en el Manual de la Policía Nacional , cada maniobra de este tipo termine teniendo sus propios métodos y procesos. ‘Los retenes, de igual forma, tal como se están planteado, contradicen lo que se había establecido en los procedimientos (que los retenes debían tener, mínimo cinco unidades, que debe haber un patrulla, etc.)’, comenta Mejía, quien, advierte: ‘Si eso no se aclara, y cada jefe de zona hace lo que le da la gana, va a desembocar en algo similar a lo que ocurrió en San Carlos’.

CONSECUENCIAS NEFASTAS

Los casos de los fotógrafos de Metro Libre y La Estrella de Panamá son situaciones en las que, una vez liberadas las personas, las consecuencias no son mayores; sin embargo, la historia reciente del país tiene anotados en sus páginas varios casos en los que un retén terminó de manera trágica.

En San Carlos, el 23 de octubre de 2013 un niño de 2 años y una joven de 15 murieron a manos de la Policía Nacional cuando realizaban un retén. En un hecho calificado por la propia institución como ‘confuso’, policías dispararon, a plena luz del día, al vehículo en el que se transportaban los menores, ya que, se explicó entonces, el carro era similar a uno que estaba involucrado en un delito y al cual estaban tratando de ubicar. ‘Fallas’ y ‘un error de juicio de algunas unidades’ fue la excusa del entonces director de la Policía Nacional, Julio Moltó.

Unas semanas después, en noviembre de ese mismo año, otro incidente similar se registró en Villa Zaíta. Una camioneta en la que viajaban tres mujeres y varios menores de edad recibió 27 balazos por parte de la Policía. El carro acababa de pasar un retén, cuando fue perseguido por varios vehículos que no estaban identificados como parte de la Policía. Ninguno de los menores salió herido, pero dos de las adultas que estaban en la camioneta sí recibieron varios impactos.

Ante el enojo ciudadano y el reclamo de que, de una vez por todas, se eliminara el concepto de los retenes, el ministro de Seguridad del Gobierno pasado, José Raúl Mulino, y la procuradora de turno, Ana Belfon, acordaron que se revisaría el protocolo policial al respecto. Más de un año después, y con ambos funcionarios fuera del gobierno, los retenes policiales siguen existiendo.

Fernando Murray, criminalista del Instituto de Criminología de la Universidad de Panamá, lamenta lo sucedido en San Carlos; pero, más aún, que, pareciera, de esa tragedia no se aprendió ninguna lección: ‘Después de este lamentable hecho, se han elaborado comunicados respecto a los procedimientos y características operativas que deben reunir los retenes; sin embargo, en nuestras calles, aún persisten prácticas y policías, que de manera violatoria a la disposición, desarrollan retenes que evidencian propósitos contrarios a los legalmente establecidos’.

JUSTIFICACIÓN LEGAL

El abogado Ernesto Cedeño, en un artículo publicado en su página web, explica que este procedimiento policiaco está reglamentado por un fallo de la Corte Suprema de Justicia: ‘El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia con entrada No. 951-11 determinó la constitucionalidad de los retenes policiales en Panamá’.

Y –así como el Manual de Procedimientos de la Policía Nacional explica en qué circunstancias se aplica un retén, cuántas unidades deben participar, las funciones de cada una y cómo deben cumplirlas–, también, hay legislación que regula algunos aspectos de estos puestos de control.

Por ejemplo, cita Cedeño, la Ley 18 de 1997, Orgánica de la Policía Nacional. En el artículo 33 se especifica que ‘el policía no debe utilizar la fuerza letal, cuando exista peligro de herir a un tercero y en situaciones de secuestro o toma de rehenes, si el uso de la fuerza puede poner en peligro la seguridad de la víctima. En tales situaciones, de requerirse el uso de fuerza letal, ésta deberá usarse discrecionalmente, pero dando prioridad a la seguridad de las personas’.

Además, en el artículo 37 se menciona que ‘el policía evitará en lo posible hacer disparos hacia vehículos en fuga, cuando peligra la vida o la integridad física de terceros y en caso de que deba responder a disparos que se efectúan dentro del vehículo en fuga, debe adoptar todas las medias necesarias que su buen juicio le indique, para evitar daños y lesiones a terceros inocentes’.

Años más tarde, en el 2010, se modificó la Ley Orgánica de la Policía Nacional. Cuando aún era un anteproyecto, esta propuesta contenía un artículo que determinaba que todos los retenes policiales que se llevaran a cabo tendrían que grabarse en vídeo y ser guardados, sin editar ni alterar de alguna forma. Estas grabaciones podían ser utilizadas como prueba por parte de los estamentos del orden público, así como por los propios civiles. Cuando el anteproyecto se aprobó en tercer debate, el artículo ya se había eliminado del texto.

MENOS ES MÁS

Los retenes deben ser utilizados en ocasiones especiales para que no pierdan su efectividad y su característica de ‘elemento sorpresa’.

Comenta Severino Mejía que ‘se deben aplicar bajo circunstancias especiales. Si se ha reportado un delito grave, que requiera bloqueos en algunos puntos de la ciudad, si se ha cometido un asalto bancario o un secuestro’. Desde la óptica del criminalista, aplicar retenes a diestra y siniestra, ‘ no va a detener la actividad delincuencial’. El también exdirector de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre añade: ‘Se hace un retén, los maleantes se pasan la voz y se dicen que no pasen por tal lado porque ahí hay un retén. Sin ninguna duda, la tecnología también la tienen los delincuentes y eso puede estar a favor de ellos. Deben ser planificados y que se ajusten a una situación que arroje un resultado; pero hacerlos de manera indiscriminada, sin un Leitmotiv , no va a lograr los propósitos, porque, en una ciudad como la nuestra, se van a exacerbar los ánimos de la ciudadanía y no se va a lograr lo que se espera. Si uno pone retenes todos los días y mide los resultados a nivel mensual, serán muy pocos los resultados’.

EL ABUSO

No es desconocido por nadie que los retenes tienen mala fama porque se presta para abusos policiales.

Comenta el criminalista Fernando Murray que esto pasa cuando estas operaciones ‘no son el producto de las directrices que establece la policía, cuando son improvisados y mal intencionados lógicamente son aptos para abusos policiales, y para actos y hechos contrarios a sus objetivos reales’.

El también sociólogo añade: ‘Hay denuncias de vejámenes a la población, abusos, selectividad, que deriva en estereotipos criminales frente a quien retienen y a quien no, prejuicios, raciales, étnicos y de otros tipos al momento de solicitar la documentación de identidad y vehicular’.

Una de las instrucciones más reiteradas en el Manual de Operaciones es que, durante estos operativos, hay que ser ‘amable y respetuoso’; sin embargo, comenta Murray, ‘muchos policías, en el cumplimiento de este deber, se extralimitan en sus funciones, son violentos, irrespetuosos y agresivos. En otras ocasiones, cuando son sorprendidos por los ciudadanos, en acciones y conductas que transgreden la ley, toman la tarea de trasladar al ciudadano la falta, incriminándolo y criminalizándolo sobre todo cuando sienten que la persona puede crearles una sanción o afectación frente a sus superiores y la institución’.

FRUTOS

Se le solicitó al departamento de Relaciones Públicas de la Policía Nacional estadísticas sobre los resultados de los retenes que se han realizado en las últimas semanas a nivel nacional. Y, aunque los voceros de la institución prometieron hacer llegar la información requerida, posteriormente indicaron que no hay un registro oficial de la cantidad de retenes realizados ni los logros obtenidos durante estos.

De manera extraoficial, una fuente de la institución, que prefirió no ser identificada, comentó a ‘La Decana’ que por zona policial se efectúan, al menos, dos retenes mensuales. Aunque no es algo fijo. Según la fuente, las ubicaciones de los retenes dentro de las Zonas Policiales se rotan para despistar a los malhechores.

El criminalista Fernando Murray comenta que, tal vez, el hermetismo de la PN para dar esta información se debe a que ‘es confidencial y una estrategia de seguridad, solo ellos deberían llevar un control’. Revelar qué dejan estos operativos, desde el punto de vista de Murray, puede ser utilizado de forma incorrecta por el mundo criminal.

¿LA MEJOR OPCIÓN?

Severino Mejía, pese a todo, considera los retenes una buena opción. Fernando Murray también: Los retenes resultan ser efectivos para la policía, buenos para el ciudadano honesto, y terribles para los delincuentes’.

En lo que también coinciden ambos criminalistas es que estas maniobras se deben aplicar tal como dicen las reglas, para ganarse la confianza de la gente y evitar inconvenientes: ‘Lo que todo ciudadano espera es que la policía no confunda el protocolo correspondiente y que aplique los retenes en el marco e la ley, con los protocolos correspondientes, para que los ciudadanos no seamos víctimas de las acciones de prevención y control de la criminalidad, a y así no ser doblemente victimizados’.

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