El nuevo impuesto del Municipio de Chame a los locales comerciales

Actualizado
  • 17/06/2023 00:00
Creado
  • 17/06/2023 00:00
El Consejo Municipal de Chame, uno de los distritos turísticos del país, aprobó un acuerdo que establece el cobro del 10% por alquiler de los locales comerciales
El acuerdo fue aprobado el 25 de mayo y publicado en junio en Gaceta Oficial.

Los dueños de plazas comerciales o comercios deberán pagar mensualmente el 10% del alquiler al Municipio de Chame en materia de impuesto.

El Consejo Municipal de Chame aprobó el Acuerdo No. 4 del 25 de mayo, mediante el cual regula el arrendamiento para fines comerciales de habitaciones y en el documento, además, se habla de impuestos y regulaciones para el turismo.

El nuevo impuesto municipal será pagado “siempre y cuando estén ocupados”.

Así está establecido en el artículo noveno del Acuerdo , publicado en la Gaceta Oficial del martes 13 de junio.

El Consejo Municipal sustenta la creación del nuevo impuesto en la Ley No. 106 del 8 de octubre de 1973, que en su artículo 17, numeral 9 señala que le otorga funciones para establecer los impuestos.

Además, que el Acuerdo 15 del 19 de noviembre de 2015 regula el régimen impositivo, entre ellos los arrendamientos.

También se sustentan en el Decreto Ley 4 de 2008 que fue reglamentado por el Decreto Ejecutivo 82 del 23 de diciembre de 2008, con la finalidad de dotar a la Autoridad de Turismo de Panamá de una estructura eficaz y moderna que permita el desarrollo, la promoción y la regulación del turismo como una actividad de interés prioritario, utilidad pública e interés social.

El Acuerdo No. 04 habla sobre la actividad de arrendamiento comercial y habitacional que genere ingresos económicos a los arrendatarios y subarrendatarios.

En el documento se consideran establecimientos de alojamiento turístico, los albergues, apart-hotel, cabañas, hostal familiar, hotel, motel, régimen turístico de propiedad horizontal, sitios de acampar y otros servicios reconocidos por la Autoridad de Turismo de Panamá.

Para ejercer la actividad de arrendamiento en el distrito de Chame se debe contar con aviso de operación, autorización del administrador de la asociación de residentes o PH para ejercer la actividad, entre otros requisitos.

Los arrendamientos o alquileres que no se encuentren registrados, serán sancionados con una multa de $100 a $1,000. Dicha actividad se acreditará con la inspección del Municipio de Chame o cualquier medio de red social, donde conste que se brinda el servicio comercial no regulado.

La sanción será impuesta por el tesorero municipal y contra esta cabe el recurso de apelación ante el alcalde, siguiendo los parámetros de la Ley 38 de 2000.

El distrito de Chame es una de las zonas del país en el que ha habido un desarrollo inmobiliario y turístico en los últimos años impulsado por sus playas.

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