Comienza la segunda veda del camarón

Actualizado
  • 06/09/2016 02:00
Creado
  • 06/09/2016 02:00
Hasta el 11 de octubre queda prohibida la pesca de camarón marino con malla inferior a 3½ pulgadas, comercializar, transportar y capturar

Desde el pasado 1 de septiembre y hasta el 11 de octubre, será el segundo periodo de veda del camarón en Panamá, para la pesca industrial y artesanal, anunció la Autoridad de los Recursos Acuáticos (ARAP).

ZULEIKA PINZÓN - Administradora de la ARAP

‘Con la veda se le da a la especie la oportunidad de reproducirse y garantizar su sostenibilidad'

La segunda veda del camarón será hasta las 12:00 m.d. del 11 de octubre de este año y ‘durante ese periodo queda prohibida la captura de todas las especies de camarón marino en la república de Panamá', advirtió la administradora de la ARAP, Zuleika Pinzón, en un comunicado.

Durante casi un mes y medio, explicó, queda prohibida la pesca del camarón con malla inferior a las tres pulgadas y media, comercializar la especie sin el certificado de inspección ocular o transportarlo sin el respectivo salvoconducto, expedido por la ARAP, y capturar la especie.

Sin embargo, aquellos establecimientos que se dediquen a la comercialización o procesamiento del producto, como hoteles, restaurantes, plantas procesadoras, etc., deberán solicitar un certificado de inspección ocular en la ARAP, que los autorice para la venta del producto.

La institución añadió que las solicitudes para obtener dicho certificado se están recibiendo en las oficinas de la ARAP y deberán ir acompañadas de la copia de aviso de operación, copia de cédula del representante legal y el pago de las inspecciones o el recibo de la veda anterior.

Los certificados de salvoconductos para transportar camarón solo se expedirán si el solicitante cuenta con el certificado de inspección ocular, indicó.

Destacó que esta medida también es aplicable para la comercialización de camarón de cultivo. Para ello, señaló, las fincas camaroneras deberán presentar las programaciones tentativas de cosecha y solicitar las respectivas inspecciones oculares y salvoconductos.

El periodo de veda del camarón está establecido en el Decreto Ejecutivo N°158 del 31 de diciembre de 2003, con el propósito de brindarle oportunidad a la especie para reproducirse y poder garantizar su sostenibilidad.

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