Nuevas disposiciones para la comercialización de Domperidona

Actualizado
  • 20/06/2014 20:29
Creado
  • 20/06/2014 20:29
La Domperidona será prescrita únicamente para el alivio de los síntomas de náuseas y vómitos

Mediante la resolución N° 224 del 6 de junio de 2014, el Ministerio de Salud a través de Farmacia y Drogas, anuncia que tras la revaluación, realizada por el Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia Europeo (PRAC), de los medicamentos que contienen Domperidona, se deben hacer una serie de modificaciones en su inserto o información para prescribir.

Los titulares y empresas que fabrican, distribuyen y comercializan en el territorio nacional, productos que contengan este principio activo deben indicar que solo será utilizado para el "alivio de los síntomas de náuseas y vómitos", como también a quienes van recomendada.

Esta disposición se aplica tanto a los productos ya registrados, a los productos en proceso de renovación y a todas las nuevas solicitudes de registro sanitario de productos con contenido de Domperidona.

La Domperidona fue retirada del mercado a inicios del año, luego que se presentaran reacciones adversas a nivel cardiaco.

En un principio la Domperidona era utilizado además para el tratamiento de la sensación de plenitud epigástrica, malestar addominal y regurgitación del contenido gástrico.

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