Lo que ustedes no conocen del llamado CEMED

Actualizado
  • 24/02/2018 01:00
Creado
  • 24/02/2018 01:00
Allí miden, pesan y toman la presión. El análisis de sangre, orina, heces, radiografía, etc., se hacen por fuera

Si algo me preocupa del Instituto Panameño de Deportes, (Pandeportes), es el criterio estrictamente político con que lo dirige un ‘Tigre de papel' llamado Consejo Nacional de la Actividad Física, el Deporte y la Recreación, presidida por la Jefa del Meduca, que está totalmente divorciada del deporte, y aprueba todo. Si el periodo escolar si inicia en el mes de marzo, el sentido común indica que es ilógico derrochar dinero en otra improvisación que llaman VI Juegos Juveniles Nacionales, del 11 al 21 de mayo del 2018. No se ha resuelto el problema económico de la Ciudad Deportiva que se debió construir en la Provincia de Colón, y ya el ‘SG' de Pandeportes, Juan José Tuñón, ordenado por el DG ‘El Cacique' Mario Pérez, hizo una diligencia política deportiva en el Municipio de Colón. Con la asistencia del Alcalde de Colón, Federico Policani, hablan de una inversión de $15.1 millones, que incluye construir un nuevo Estadio Mariano Bula, y Jaime Vélez, y nuevas graderías para el Armando Dely Valdés.

Al tema de hoy. En este espacio di a conocer las condiciones deplorables del Centro de Alto Rendimiento, (Ceare). Esto me condujo a realizar una serie de pesquisas del Centro de Medicina Deportiva, (Cemed), que es el paso inicial para entrar al Ceare. Fue derogada la Res.11-97, que lo reglamentaba. Ahora la Ley 50 del 2007 que rige el deporte en todo el país, y el ‘DE' 599 del 2008 que la reglamenta, creada en la administración de Martín Torrijos, y Ramón Cardoze como DG de Pandeportes dice: ‘Ley 50 Capítulo IV, (Deporte de Competencia y de Alto Rendimiento). Artículo 20: ‘Se establece el Centro de Entrenamiento deportivo constituido por la Medicina Deportiva, las ciencias aplicadas al deporte y la preparación física- técnica, con la finalidad de lograr una preparación científica acorde con los lineamientos de la planificación del entrenamiento deportivo moderno'.

DE 599. Cap. V. (Deporte de Competencia y de alto Rendimiento). Artí. 21. ‘Con la finalidad de lograr una preparación científica acorde a los lineamientos de la planificación del entrenamiento deportivo moderno'.

Estructura del Cemed, y los funcionarios en la Planilla Permanente al de Nov. 2017. Con la excepción del ‘Jefe' José Ampudia desde el 2014, que devenga salario de $1,200.00, solo mencionaré los cargos permanentes, y no nombres. Es curioso que la casi totalidad devengan el salario mínimo vigente de 600.00. Esto indica que muchos laboran solo algunas horas. Médico. Oftalmólogo desde 1990, 600.00. Kinesiólogo, (desde 1984), 600.00. Optómetro (1982), 600.00. Med. Especial por hora, (2007), 600.00. Odontología, (1999), 600.00. Técnica de Enfermería, (2010), 880.00. Médico Esp. Cardiólogo, (2010), 600.00. Fisioterapeuta y/o Kinesiólogo, (2011), 800.00 Sec. del Cemed, 650.00. Oficinista, 650.00, (2013). Planilla Transitorio Nov. 2017. Administrador del Cemed, (2016), 3,000.00. Psicólogo, (abril 2017), 1,250.00. Fisioterapeuta, (2015), 800.00. Fisioterapeuta, (2015), 600.00. Fisioterapeuta, (2015), 800.00.

En el Cemed también labora la Dra. Jessika Jiménez funcionaria de la CSS, que fue atleta olímpica de la esgrima. Según mis pesquisas, los atletas que llegan al Cemed, les toma la medida, peso, presión arterial y punto. Todas las otras pruebas se hacen en centros fuera del Cemed, aunque usted no lo crea, es porque allí no hay un laboratorio. Las federaciones con recursos económicos pagan esos laboratorios en clínicas privadas. Otros atletas van a la CSS, otros al Hospital Santo Tomás, etc. Esto lo sabe el COP y su círculo CERO, pero mantienen un silencio hermético.

El Art. 89 a del Cap. III, (De la evaluación Física Médica), que contenía la Res. 11-97 que fue derogado. Parte dice: Al recibir oficialmente el INDE el listado de atletas preseleccionados, este comunicará en el término de los siguientes 5 días hábiles a la Federación o al COP, la programación de los exámenes médicos para los atletas la cual se deberá cumplir de acuerdo con el calendario que determine el Cemed. (No tiene laboratorio). El Cemed solo atenderá a los atletas preseleccionados que estén en el listado enviado ya sea por el COP o las federaciones u organismos deportivos nacionales. Art. 90. ‘El periodo de ejecución de los exámenes médico para cada uno de los preseleccionados en los deportes, no será mayor de 30 días hábiles una vez iniciada oficialmente la misma'. Hay más, y no amerita seguir porque lo esbozado explica por sí solo, el por qué de nuestro fracaso que continuará en los 23° JCC 2018. Tomen nota de esto. Así es.

COCTEL DEPORTIVO

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