Los Estatutos ‘Express’ del CON de Panamá

Actualizado
  • 04/12/2014 01:00
Creado
  • 04/12/2014 01:00
Fueron recibidos del COI escritos en inglés, y traducidos al español y el Art. 18 por error decía Art. 14

Decía Ralph Nader, ese gran activista, abogado y defensor de los derechos de los consumidores norteamericanos, contra la poderosa industria automovilística, en su obra en 1965, titulada: ‘Inseguro a cualquiera velocidad’, para demostrar que cuando un auto era defectuoso, se podía estrellar no importa la velocidad con que se conducía. Esto en mi opinión, podría aplicarse al Comité Olímpico de Panamá (COP), que el lunes 16 de Dic. cumple 2 años con Camilo Amado de presidente que ha dado muestras de sobra que no está a la altura de este cargo.

Debo agregar que pese a que los principales directivos del COP, el presidente Amado, el S. general Sasso, y el tesorero Baitel, no son ‘agua bendita’ en asuntos del deporte, ya que apoyaban a su líder Miguel Vanegas, que se tomó los fondos del COP del Banco Nacional, ($112 mil), y Sasso el ‘SG’firmó para cambiar los dos cheques, ahora actúan como ‘mimados’ del Dep. de Relaciones del COI con los CONS, que a solicitud, les ha facilitado unos Estatutos que califico de ‘Express’, para rectificar su error innecesario ante el TAS, de que el 16 de Dic. 2002, fueron elegidos en base a los Estatutos de 1970, lo que era falso, ya que fue con el espíritu de los Estatutos del 2002.

El miércoles se dio la 1ª Asamblea para discutir y aprobar el Borrador Final de lo que serán los nuevos Estatutos ‘Express’ del COP. Debo señalar que se le hizo un ‘maquillaje’ para amortiguar algunos de los ‘descaros’ que contenía el primer borrador que circuló. Ahora el Punto C del Artículo 21, (Del Presiente), dice: ‘Ordenar cobros y pagos. Podrá disponer y ordenar pagos mediante cheques o transferencias bancarias por un importe unitario máximo de $10,000.00 firmado conjuntamente con el tesorero. Para el resto de situaciones serán necesario acuerdo expreso de la Junta Directiva’. El Punto (e) del Artículo 14, (Junta Directiva) ahora dice: ‘Autorizar al presidente y al tesorero, la firma conjunta para el pago a través de cheques o transferencias bancarias por un importe máximo unitario de $50,000.00.’. Desapareció lo de la Comisión Permanente. En el Capítulo III, (Membresía del Comité Olímpico de Panamá), el Arículo 7 (Requisitos comunes para la membresía), seguro los ‘Yes man’ de Camilo lo aprobó.

Se mantiene el Punto c) que dice: ‘No ocupar un cargo gubernamental o político a nivel nacional’. Insisto que está imposición en este Estatuto ‘Express’, no se ajusta a la realidad, pues, en el mismo COI hay y ha tenido a militares de alto rango, y políticos, y no ha habido ninguna objeción, ni nada en la Carta Olímpica que este servidor conozca, que lo impide. ‘¿Entonces por qué esa imposición a Panamá?. ¿Será por el temor del presidente Camilo Amado, que Frank Wever, Benicio Robinson, Porfirio Ellis si sale elegido, Javier ‘Patacón Ortega’, etc., puedan aspirar a presidir el COP?. El presidente del COI, Sr. Bach dijo que ‘en esta era hay que trabajar con los buenos políticos’.

Por allí hacen ver, y lo ‘dudo’, que el Ministro de G. y Justicia, Milton Henríquez está de acuerdo con esta violación del Art. 19 de la Constitucíón. El Comandante Ramón Fernández es presidente del CON de Cuba y del INDER, lo mismo que otros miembros del COC y no violan ninguna disposición de la Carta Olímpica. La traducción al español, en la página 12 del Borrador Final, el Capítulo VI (La Junta Directiva) dice Artículo 14, y debe ser Nº 18. Fue llamativo porque hay una confusión del 4º párrafo del Punto (j) del Artículo 18, con las ‘Disposiciones Transitorias’, que al parecer señala que los 9 miembros elegidos el 16 de Dic. 2012, también pueden permanecer en sus cargos hasta las elecciones del 2016-2020, y no solo el presidente, secretario general, tesorero y fiscal.

Los que no pueden reelegirse y no son directivos del COP, y votaron por Amado y su asociados, ahora tendrán que ver los ’sucesos’ desde sus balcones, pues, dejarán de ser miembros del COP, porque ya no representan a ninguna organización deportiva. Eliminaron la figura de miembro honorario. El pres. del COP solo podrá reelegirse una vez.

COCTEL DEPORTIVO

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