ANATI niega área a Minera Panamá

Actualizado
  • 22/10/2012 02:00
Creado
  • 22/10/2012 02:00
PANAMÁ. El viernes pasado, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) emitió la resolución N° 026 en la que no reconoce ...

PANAMÁ. El viernes pasado, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) emitió la resolución N° 026 en la que no reconoce valor ni efecto jurídico a los escritos presentados por Minera Panamá, S.A. (MPSA) de Inmet Mining Corporation (Inmet) para notificar sobre su ejercicio de derechos de servidumbre.

Estos derechos le permitirían a la minera usar, instalar y construir obras o carreteras en áreas de propiedad del Estado.

El 27 de abril de 2010, Mónica Ríos Urriola, apoderada especial de Minera Panamá, S.A. presentó una solicitud de arrendamiento de un polígono de 7,543 hectáreas ubicadas en el corregimiento de Coclé del Norte, en el distrito de Donoso, provincia de Colón. Este terreno era de suma importancia para la minera debido a que colinda con la concesión del proyecto Cobre Panamá.

En su solicitud, MPSA indicó que el arrendamiento de los terrenos para disponer del uso garantizado del área no implicaba la ejecución de operaciones allí. Además, hizo hincapié en que eso dependería de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y demás permisos requeridos por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).

No obstante, la ANATI señaló que para que estas construcciones se realicen, deberán cumplirse los trámites de rigor. Instó a las partes a concurrir ante el Juez Natural (Tribunal de Arbitraje) establecido por PTQ e Inmet para dirimir controversias relacionadas con la interpretación del contrato contenido en la Ley N°9 de 1997, conocida como ‘Ley Petaquilla’.

Además, la ANATI señaló que en el documento de MPSA presentado a la Dirección de Recursos Minerales (DRM) no está claro para qué MPSA solicitó el arrendamiento de los terrenos o qué destino final tendrán las áreas dentro de su proyecto de cobre.

Según la resolución de la ANATI, Minera Panamá, S.A. no cumple con el requisito de necesidad establecido en la cláusula tercera de la Ley Petaquilla. Añade que es una contradicción jurídica que la minera solicite un área en arrendamiento con fundamento en dicha ley y que al mismo tiempo, con ese fundamento, comunique que está ejerciendo derechos de servidumbre en esas áreas comprendidas fuera y dentro de la concesión.

Los problemas territoriales de MPSA parecen de nunca acabar. Mediante la resolución 2012-509, el 25 de septiembre de este año la DRM desestimó el pedido de Inmet y de San Juan en Donoso y favoreció a Petaquilla Minerals Ltd.

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