Avances de la Acodeco en 2016

Actualizado
  • 31/12/2016 01:00
Creado
  • 31/12/2016 01:00
Esta nueva obligación a los proveedores nace de la exigencia que en el mercado se hizo práctica 

El año 2016 reportó avances en materia de protección al consumidor, algunos a nivel normativo como la Ley 34 de 2016, que es un importante logro para los consumidores, por el reconocimiento legal que hace en cuanto a que la propina es voluntaria.

Era costumbre en el mercado incluir la propina en la cuenta de los restaurantes, como si se tratara de un cargo que en la mayoría de los casos se tornaba obligatorio pagar, porque se lo informaban al consumidor; con esta práctica dejó de ser un reconocimiento al buen servicio, para tornarse parte del servicio contratado. A su vez, recogió la norma la posibilidad de sugerir la propina, pero con un esquema tendiente a que la información fuera lo suficientemente clara, como para que no se generara confusión en el consumidor que decidiera no pagarla. La nueva disposición legal generó una pronta gestión de verificación de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), lo que llevó a la imposición de multas a los agentes económicos.

En adición, y siguiendo en la materia de información de precios, se sumó a las reformas de la ley de protección al consumidor la prohibición de segmentar precios, una conducta que se había advertido en sectores como el de transporte aéreo, donde el consumidor recibía una oferta de viaje a precios sorprendentes, pero que al avanzar en el proceso de reserva del pasaje, la oferta se desvanecía, pues se sumaban cargos no informados, como sobrecosto de combustible entre otros, y no me refiero a los impuestos, pues ha sido costumbre en el mercado local que el precio informado no incluya los impuestos, a diferencia de otros países.

Por otro lado, la referida reforma consignó la obligación del agente económico de recibir como pago, monedas o billetes de curso legal de cualquier denominación, entregar el cambio exacto, y más allá, estableció la disposición legal, la obligación de recibir billetes ‘sin que medie presentación de identificación personal del consumidor'.

Esta nueva obligación a los proveedores nace de la exigencia que en el mercado se hizo práctica, de requerir al consumidor su identificación como requisito para la aceptación billetes de alta denominación, práctica con la que se condicionaba la aceptación del papel moneda, a pesar de tratarse de una moneda de curso legal.

En adición a la reforma legal, Acodeco implementó durante este año el desarrollo de herramientas para brindar al consumidor la posibilidad de realizar denuncias a través de teléfonos inteligentes, creando una aplicación para la plataforma Android y recientemente, implementó un medio de denuncias para teléfonos IOS, así como la posibilidad de realizar el seguimiento a las denuncias a través de su página web www.acodeco.gob.pa.

Para Acodeco, el 2017 será un año de nuevas metas en la protección de los derechos del consumidor, lleno de más avances tendientes a generar la virtualización de los procesos ofrecidos, enfocados en brindar un mejor servicio, más ágil, eficiente y al alcance de todos los consumidores.

DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR

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